page_0077

OverviewTranscribeVersionsHelp

Facsimile

Transcription

Status: Needs Review

MARGEN SUPERIOR DERECHA: en tinta 33
casso de Rebeldia y Pido Vt supra
y en es nesessario [...?] 174 [a lápiz]
DERECHA: El licenciado suarez [parra?] [RÚBRICA a dos líneas]
El corregidor dixo que nonbrava y nonbro
por deffensor de la heredera ausente
nieta del dicho andres martin e hija [tachado] difunto e hija
de andres martin ansi [s...?] difunto e hijo del dicho an
dres martin questa en los rreynos de Castilla e yo
nonbremos declara por el testador [ni se sabe?]
como se llama a juan de la cruz [....?]
a el qual le mando paresca y lo açete y hagales
juramento y de la fiança de derecho necesaria
para que hecho esto le diçierna el dicho cargo y des
pues de ffecho [se le?] otrorgan los autos para pro
ver escriptura en rrazón de lo demas que por esta persona
se pide y en quanto al otro se mando que se
notifique a ysauel martin hija del dicho andres martin
el estado desta causa y se llame a este juizio
con que primero açete o rrepudie la herencia
del dicho su padre y açetandola por su parte nonbre
terçero contador e partidor con [aperçibimiento?]
que en lo nonbrado se nonbrara de officio
y ansi lo proveyo y [...?] / va tachado e hija no vale
Ffernando Calderon [RÚBRICA a dos líneas] ante my
DERECHA: Joan Franco [RÚBRICA a dos líneas]
DERECHA: scribano publico
[Al margen: auto]

Notes and Questions

Please sign in to write a note for this page

HugoZ

Diçernir (1732): En lo forense vale encargar el Juez la tutela o curaduría a alguna persona, aprobando la nombrada en el testamento, o nombrándola y declarándola por ley.