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[Al margen superior al centro crismón gráfico]

presente Baltazar Rodriguez vecino de esta
Ciudad a quien doy fe QUE CONOSCO Y OTORGO
que se OBLIGa de dar y pagar a HERNAN VAES
vecino de esta ciudad que esta presente y aquien
SU poder para ELLO UVIERE CIEN PESOS DE ORO CO
MUN Los cuales LE DE ELLA Y SON POR RAZON
de OTROS TANTOS que por LA DICHA carta PLASER Y LIBRA NA
otra LE HA prestado CON reales de que seda
por entregado SOBRE que RENUNCIA las leyes deL
ENTREGO como en ellas se CONTIENE LOS Quales
dichos cien pesos del dicho oro ponen a dicha RAZON
le dan a y pagara en esta dicha Ciudad O EN
OTRA cual quier parte que se fueRe pEDIDOS
y demandado.En reales de plata y NO EN
OTRA moneda cada mes que CORRE y se cuenta
desde hoy dia de la fecha de esta scritura trein
ta y tres pesos y dos tomines y LOgraMos Una paga
en pos de OTRA demande que de Oy en tres me
ses quede pagada esta dicha cantidad con los
costAs de la COBRANZA si el primes mes no
DIERE la dicha cantidad Se entienda SER CUM
PLIDO EN los esta dicha deuda para lo Qual
sea bastante prueba el juramento SON
POR EL de el dicho Bernan VAES En que desde
LUEGO QUEDADO FIN ESTE PUES BA NI
AVERIGUACION ALGUNA de los cuales le RRe
ciVIO y para eLLO OBLIGO SU persona
y vienes dIo poder A TODAS y cuales quieR
justicias y jeces de su magestad de cuales
quieR parteS que Sean y especialmente
a las de esta dicha Ciudad para que les com
pElan al CUMPLIMIENTO de lo que dicho el como
si fuece sentencia DIFINITIVA de jues
competente conTRA EL dada y pasada en
cosa jusgada Y RENUNCIO LAS leyes de su fabor

[al margen inferior al centro rubrica ]

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