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[Al margen superior al centro: crismón gráfico]
[Al margen superior derecho, en lápiz]181
[Al margen superior derecho tinta] 85
En la ciudad de Cholua en onze dias del mes de mayo
de mil seiscientos y dos ante Don Joan De Sa
avedra Guzman corregidor en ells por su magestad parecio don
Andres de Mendoza yndios princypales desta ciudad
de la cabecera de Santa Maria Quatlan y dixo
mediante Alonso Perez interprete quel tiene en esta
jurisdiccion en el paso que llaman nexpantepeque
una suerte de tierra que de largo treynta
braças y de ancho doscientas braças todas dell pie
a la mano y alinda por la una parte con tierras
de Doña Sabina de Bonifacio xile y otros linderos
y por tal dellas no tiene aprovechamiento pi
de se le rezyba informacion de como son suyas hereda
das de sus padres y antepassados y la utilidad
que se le recreçe de venderlas por tener otras muchas
que labra y cultiva y dada la que gaste en conformidad
de las Reales sedulas an desir pregon y su publica
almoneda el termino que por ella se manda
y esto fecho se le de lisencia que convenga para la venta
y en [...] dellas y justa
El consejo mando que de informacion como las dichas tierras
son suyas heredadas de sus padres y antepasados
y utilidad que de venderlas se le puede seguir
y esto fecho proveera justicia Don Juan de Saaveda Guzman
Don Andres de Mendoça Alonso Perez ante mi
Joan Franco escribano publico
En el dicho dia mes y año dichos señores don Andres de Mendoça
para la dicha informacion presento por testigo a don Antonio de
Buenaventura yndio principal de esta ciudad del barrio
de San Juan del por medio de ynterprete fue el
recivido juramento y el lo hizo por Dios segun derecho y
prometio de desir verdad y preguntado por el presente
dixo conocer al dicho Don Andres de Mendoça y tiene
noticia de las tierras contenidas en el por la otra en
visto y estado en ellas muchas veces las cuales
son pertenecientes al susodicho y como tales suyas
quieta y pacificamente sin un trabajo por [rota]
sia ser heredado de sus padres y antepasadps
y le sera de mucha utilidad venderla [roto]
lo que por ellas le diereny dieron alli
y en el fizo de las demas tierras que el [roto]
de que se le siguen mucho aprovechando y que
declaro se de edad de cincuenta años que es
hermano del dicho don Andres por rasson
desir verdad a vuestra magestad no tocar

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