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justicias me conpelan a lo
que dicho es como por sentencia
pasada en cosa juzgada
rrenuncio las leyes de mi favor [linea de cancelación]
con la general del derecho que es
fecho en la ciudad de Cholula en
ocho de agosto año de mill seys
cientos y dos y el otorgante
e yo el escrivano conosco no firmo por
no saver firmolo un testigo siendo
[roto] vecinos Diego Arias y Lucas Martin
y Muzio Manuel
Por testigo Francisco Manuel [Rúbrica]
[A la derecha] ante mi/ Joan Franco / escribano publico [Rúbrica]

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