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sona y bienes avidos e por aver y doy poder
a las justicias de su magestad de quelaquier partes que
sean y en especial a las de esta dicha ciudad
para que me compelan al cumplimiento de lo
que dicho es como por sentencia contra
mi dada e pasada en ccosa juzgada
e rrenuncio las leyes de mi favor con la
general del derecho en cumplimiento de lo qual
otorgue la presente ante el presente escribano
publico vecinos de esta fecha en la ciudad de Cholula
en diez del mes de setiembre de myl e
y seiscientos y dos años ante el otorgante e yo
el escribano doy fe que conozco e lo firmo
de su nombre siendo vecinos Francisco de Valencia
y Pedro del barrio de Juan del barrio
de esta ciudad y presentes en ella

A de Aranda [Rúbrica]
Ante mi Joan Franco
Escribano público [Rúbrica]

[Al margen izquierdo]
Obligación de Juan
De Aranda
a que
Pedro de Rivera
Officio

Sepan quantos esta carta vieren
como yo Pedro de Rivera vecino de esta ciudad
de Cholula otorgo y conozco por esta carta
que devo y me obligo de dar y pagar
a Juan de Aranda vecino dle la ciudad de los
Angeles que esta presente va a quien su
poder oviere seiscientos pesos de oro
como los quales le devo y son por razon
de una labor con su apero que el dicho dia
me va dio ante presente escribano en la dicha

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