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[Al margen izquierdo]
Obligacion de Salvador de la Costa
a
Officio
Antonio de Castro

Sepan quantos esta carta vieren como yo
Antonio de Castro vecino del pueblo de Tepezezuma
en el yngenio de Gonzalo Perez Gil mi suegro
y estante en esta ciudad de Cholula en boz y ente
del dicho Gonzalo Perez Gil y Margarita de Soto
su mujer mis suegros vezinos del dicho pueblo y por
virtud del poder que tengo de los susodichos
que paso ante Ambrosio Guerrero escrivano real
en diez y seis dias del mes de diziembre de seis
cientos y diez y juten del qual es como
se sigue.
A que es poder
E usando del dicho poder que de suso va yn
corporado otorgo y conozco por esta carta
que obligo a los dichos Gonzalo Perez
Gil y a la dicha Margarita de Soto su muger
mis suegros ambos a dos juntamente de man
como y a boz de uno y cada uno paso e por
el todo ynsolidum rrenunciando las leyes de la
mancomunidad dibision y escurcion
como en ellas contiene de que daran
y pagaran al capitan Salvador de la Costa
y a que en su poder uviere cinco myle
y quatrocientos y treynta y seis pesos de
oro comun los quales le deven los susodichos
de resto de cinco myle y setecientos pesos de
oro comun por el valor de quinze piesas de es
clavos machos y henbras que el dicho dia conpre
para los susodichos del dicho capitan a rrazon
de trecientos y ochenta pesos de oro comun cada
uno del ese por que que se des cuenta
de esta dicha cantidad es que ale que dar

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