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[Al margen izquierdo, en lápiz] 479
Obligación y registro

En la ciudad de [roto]
Ocampo en el dicho dia [roto]
de mill y seiscientos y ocho [roto]
Bartolome Romero teniente de alguazil [roto]
mexico la dicha execucion [roto]
del dicho Gonzalo De Ocampo [roto]
le de fianza del saneamiento a los [roto]
en este se causso la dicha execucion
y abonada el que dixo [roto]
como es nuestro testimonio y parte de alli[roto]
de este partido le guarde [roto]
nencial extenciones que [roto]
tales labradores les deven en qua [roto]
con forme a lo dispuesto por la presen [roto]
tica de su magestad y del dicho alguazil
se hizo cargo del dicho Gonzalo de
Ocampo para lo llevar preso [roto]
a la carcel publica testigo [Tachado]
Francisco de Becerra y Alonso Maldonado [roto]
y luego en continenti y de su mano [roto]
publico nonbre el estado y terminos de su [roto]
execución en diez dias de la ley [roto]
de Toledo y nonbre procurador [roto]
conocido en la audiencia hornidaria de la
ciudad de Cholula con quien se hagan
y notifiquen los autos y en esta
causa se hizieren y fueren [nesesarios]
con apercibymiento y no lo nombrado
los autos y diligencias y en
esta causa se ubieren de hacer se
notificaran en los etrados de esta
audiencia hordinaria de la dicha ciudad y le
pararan el mesmo pleito y juicio y sien
[En el margen inferior línea de cancelación]
[Rúbrica]

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