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que atrás va declarado, una vega donde solía te
ner el dicho Don García, declarante, unas arbole
das de cacao e otras frutales de la tierra, e
que ahora se podrían poner. E tienen, todas
las tierras de la dicha vega, un regadío de
un arroyo que baja de las corrientes del dicho
volcán, con que riegan al presente sus sementeras
de maíz y, a veces, de trigo, aunque poco. Tiene
el dicho río cantidad de pesca de bagres y truchas,
camarones y otros pescadillos chicos y mojarras.
No se tiene noticia de su nacimiento ni del dicho río
se tiene provecho de sembradíos, si no es aquí
en todo lo anejo a este pueblo, porque va metido en
tre dos barrancas que no tienen bajadas ni
subidas. Corre el dicho río norte sur, al
parecer.

22 En el capítulo veinte y dos, se declara que hay en esta
dicha provincia, en las corrientes y faldas del dicho vol
cán, gran cantidad de madera de pinos y ro
bles y cedros, y otras maderas, de que se
aprovechan para las casas y monasterios
de los dichos pueblos. Asimismo se han querido poner
en este dicho pueblo árboles de Castilla, y no se dan
ni permanecen por 1a falta de agua que en él
hay, por regarse a mano.

24 Al capítulo veinte y cuatro, se declara que tienen los dichos
naturales, para su sustento, maíz, frijoles, ají, calabazas y
trigo que se da en algunos sujetos que tienen y gozan de
algún río o arroyo grande, de que para ello se pueden
de el aprovechar.

26 Al capítulo veinte y seis, declaran que, para sus curas y pur
gas, tienen piñones como los de España y los cultivan
en sus casas, e, asi mismo, tienen una raíz que llaman
camotes y, cogida, la cortan a tajadas y la secan

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