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En el pueblo de Zapotitlán, una de las cabeceras de la provincia de Amula, en la
Nueva España, en veinte y dos días del mes de agosto de mil e quinientos
y setenta y nueve años, el i1ustre señor Francisco de Agüero, a1calde mayor
que es de esta dicha provincia y su distrito y jurisdicción por su Majestad e por
ante mí, Bonifacio Martínez, escribano de su juzgado juramentado seg
ún forma de derecho, e de los testigos de sus escritos, habiendo
visto su merced la Instrucción de su Majestad real, que le fue enviada
de 1a Audiencia de México por el señor Gordián Casasano, receptor de las
alcabalas reales de su Majestad, que reside en la dicha ciudad, en que
por ella le manda hacer las averiguaciones y declaraciones con
tenidas en 1a dicha Instrucción, dijo que su merced está presto de
lo cumplir en todo y por todo, como su Majestad el rey nuestro señor se lo manda
y él, como buen vasallo, está obligado. E me pidió a mí, el presente
escribano, se lo dé por testimonio para que conste; el cual dicho testimonio
doy en forma a todos los señores que 1a presente vieren cómo
su merced así lo declaró y obedeció, e firmó de su nombre, siendo
testigos Juan Bautista de Horozco, e Juan Martín e Cristóbal Gómez,
españoles estantes al presente en esta dicha provincia.

En testimonio de verdad:

Francisco de Agüero (rúbrica). Bonifacio Martínez, escribano nombrado (cruz y rúbrica).

Relación de Zapotitlan

E, después de lo susodicho, en cuatro días del mes de septiembre de mil e quinientos
y setenta y nueve años, el ilustre señor Francisco de Agüero, alca1de mayor por su Majestad
de esta dicha provincia de Amula, por ante mí el presente escribano, dijo que, en cumplimiento
de lo que su Majestad el rey nuestro señor le manda por la dicha Instrucción que le
fue enviada por el dicho señor Gordián Casasano, como dicho es, mandaba, e mandó,
a los alcaldes y regidores de este dicho pueblo de Zapotitlán, una de las cab
eceras de esta dicha provincia, digan y declaren los indios que hay
más antiguos en el dicho pueblo, que puedan dar verdadera relación
de lo contenido. en la dicha Instrucción. Y así, estando presentes Alonso Lucas e
Don Juan Bautista, alcaldes, e los demás principales, dijeron y declararon,
mediante Juan e Acuña, indio ladino en la lengua mexicana e castellana,
que la dicha relación podrían hacer Don García de Padilla e Don Balta
sar, principales, e indios antiguos e hijos de los señores antiguos
de esta provincia. Y, así, el dicho señor a1calde mayor mandó parecer a los susodichos,

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