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quidem Apostolos, alios Evangelistas, alios Pastores, et Doctores, y otros
obispos, y sacerdotes; proveyó también para los que en esta batalla
fuesen heridos eficacísimas medicinas, que son los santos sacramentos;
Proveyó también de sutilísimos, y muy bastantes avisos de guerra
en toda su Sagrada Escritura, donde se contiene todo lo que es necesario
para alcanzar la corona de triunfante, y vencedor, y ser trasladado de
esta Iglesia Militante a la Triunfante, que arriba dijimos; y final
mente prometió de nunca desamparar esta Iglesia hasta el fin del
mundo, como él mismo lo dice por San Mateo, capítulo 19: Ecce ego
vobiscum sum usque ad consummationem sæculi, y así lo tenemos por fe,
que en las cosas tocantes a la fe, nunca la Iglesia erró, ni pudo errar, ni
menos el Concilio General por su autoridad ritualmente, y rectamente congregado, como lo fue
ahora el Santo Concilio General, que ahora en nuestros tiempos se
celebró en Trento con la autoridad de los Sumos Pontífices Paulo Tercero, Julio Tercero,
y Pío Cuarto, Pontífices Máximos, con deseo de recoger dentro de su grémio
a tan gran muchedumbre de herejes, como en este tiempo se han levantado contra
ella, y traerlos a verdadero conocimiento, y obediencia suya. El cual Concilio
General manda Su Santidad sea publicado en toda la cristiandad
a todos los fieles cristianos, que por todos sea recibido, y jurado, y guardado
todo lo en él establecido, y ordenado, debajo de gravísimas censuras, y penas
contra los rebeldes dadas, y fulminadas. Y así Nos, como hijos verdaderos
de la Santa Madre Iglesia Romana, en cumplimiento de lo que por el dicho Santo
Concilio nos es mandado, en esta dicha ciudad llamamos a Concilio Pro
vincial los obispos, e iglesias sufragáneas a esta Iglesia, para
recibir, y jurar, y hacer recibir y jurar como lo recibimos, y
juramos todo lo que por él nos es mandado a todas las iglesias, vecinos,
y moradores, estantes, y habitantes, de cualquier condición que sean, en este
nuestro Arzobispado, y Provincia. Y para cumplimiento de lo que así nos
es mandado, y para otras cosas tocantes a la gobernación de
nuestras ovejas, Nos, ayuntando con los dichos Reverendísimos Obispos
en este Concilio Provincial, ordenamos los estatutos siguientes con el
favor del Espíritu Santo.
Capítulo primero que los prelados guarden, y manden
guardar lo ordenado, y mandado por el Santo Concilio Tridentino.
Primeramente, como hijos católicos, y obedientes a la Santa
Iglesia Romana recibimos todo lo ordenado, y mandado guardar
en el Santo Concilio Tridentino, y en cumplimiento de ello lo mandamos
guardar, y cumplir en todas nuestras iglesias, y provincia,
y por la presente mandamos a todos los obispos, y sus oficiales
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