| page_0028Monición primera [al margen] fuele dicho que en este ssanto officio no se prende persona
alguna sin bastante ynformación de hauer
dicho hecho y cometido visto hazer dezir y cometer
a otras personas alguna cossa que sea o parezca
ser contra nuestra ssanta fee cathólica ley euangélica
que tiene predica sigue y enseña la ssanta madre
yglesia cathólica Romana o contra el recto
y libre exercicio del ssanto officio y assí debe [..]her
que con esta ynformación abrá sido traydo por tan[ta?]
que por rreuerencia de Dios nuestro señor y de su ben
dicta y gloriossa madre nuestra señora la virgen
María se le amonesta y encarga recorra su memoria
y diga y confiesse enteramente verdad de lo que
se sintiere culpado o supiere de otras personas que
lo sean sin encubrir de ssí ni dellas cosa alguna
ni leuantar assí ni a otro falsso testimonio porque
haziéndolo assí descargará su conciencia como
cathólico xpiano [cristiano] y saluará su ánima y su
caussa será despachada con toda la breuedad
y misericordia que huuyere lugar donde no se hará
justicia y siéndole dado a entender esta monición
Dixo quel a dicho la uerdad y no tiene más que dezir
con lo qual cessó la Audiencia la qual auiendosele
leydo la aprobó y no firmó por no sauer, firmó por él el dicho
señor ynquisidor.
Y muy amonestado que rrecorra su memoria fue mandado lleuar A su [cárcel?]
El licenciado Gutierre Bernardo
de Quiroz [firma]
Passó ante mi Juan de la Paraya
Notario? | page_0028Monición? primera [al margen] fuele dicho que en este ssanto officio no se prende persona
alguna sin bastante ynformación de hauer
dicho hecho y cometido visto hazer dezir y cometer
a otras personas alguna cossa que sea o parezca
ser contra nuestra ssanta fee cathólica ley euangélica
que tiene predica sigue y enseña la ssanta madre
yglesia cathólica Romana o contra el recto
y libre exercicio del ssanto officio y assí debe [..]her
que con esta ynformación abrá sido traydo por tan[ta?]
que por rreuerencia de Dios nuestro señor y de su ben
dicta y gloriossa madre nuestra señora la virgen
María se le amonesta y encarga recorra su memoria
y diga y confiesse enteramente verdad de lo que
se sintiere culpado o supiere de otras personas que
lo sean sin encubrir de ssí ni dellas cosa alguna
ni leuantar assí ni a otro falsso testimonio porque
haziéndolo assí descargará su conciencia como
cathólico xpiano [cristiano] y saluará su ánima y su
caussa será despachada con toda la breuedad
y misericordia que huuyere lugar donde no se hará
justicia y siéndole dado a entender esta monición
Dixo quel a dicho la uerdad y no tiene más que dezir
con lo qual cessó la Audiencia la qual auiendosele
leydo la aprobó y no firmó por no sauer, firmó por él el dicho
señor ynquisidor.
Y muy amonestado que rrecorra su memoria fue mandado lleuar A su [cárcel?]
El licenciado Gutierre Bernardo
de Quiroz [firma]
Passó ante mi Juan de la Paraya
Notario? |