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kcward at Sep 22, 2019 04:36 PM

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en cuya atensión y para que estos daños tengan el devido remedio y
sesen estas bexaiones se ha de servir la grande piedad devida qué
se les señale a mis partes un capitan protector para que los ampare y defienda
como lo tienen otros pueblos para lo cual desde luego proponga Don
Juan de Minchaca por la experiencia que tienen de sus buenas procederes
y por la caridad que le han experimentada y devido y qué conduziron
mucho a que sea adelante esta poblaron y que assimismo se les li
bre despacho con graves penas a el governador de dicha provincia para que no gravé
a mis partes a servicios personales para si ni para otras personas como la
previene la real cédula de Su Majestad y que no permita se les haga veja
cion alguna y que sea el despacho de ruego y encargo en la forma
que la gran providencia vuestra excellencia tubiere por más conbeniente para
que los padres ministros no los graven con servicios ni le molesten
en manera alguna sino que les traten con la caridad que es de su obli
gación como lo han echo los antecedentes y como pide la mise
ria y pobreza de mís partes para que él buen tratamiento sea
atractivo para que otra se reduzgan y en caso necesario se le
haga saber lo referido a sus prelados del orden de San Francisco
para que por su parte coopere y den las providencias regulares y com
benientes para que estos perjuicios tengan el debido remedio y reparo
por la dificultad con que estos miserables pueden usar de recurso
alguno assí por su desbalimiento como por la gran distancia
en que se hallan por lo cual y de más favorable A vuestra excellencia pido
y suplico apliqué el zelo y piedad digna de su grandeza
para matheria tan del servicio de Dios y de su magistad dando
las providencias y despachos en la manera que llevo pedido
que es justa y en lo necesario etcétera doctor Bermúdez Francisco Félix
Hidalgo aqui proveise llevase al Señor fiscal de Su Majestad
quien en su respuesta de veintiuno de mayo del año

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en cuya atensión y para que estos daños tengan el devido remedio y
sesen estas bexaiones se ha de servir la grande piedad devida qué
se les señale a mis partes un capellán protector para que los ampare y defienda
como lo tienen otros pueblos para lo cual desde luego proponga Don
Juan de Minchaca por la experiencia que tienen de sus buenas procederes
y por la caridad que le han experimentada y devido y qué conduziron
mucho a que sea adelante esta poblaron y que assimismo se les li
bre despacho con graves penas a el governador de dicha provincia para que no gravé
a mis partes a servicios personales para si ni para otras personas como la
previene la real cédula de Su Majestad y que no permita se les haga veja
cion alguna y que sea el despacho de ruego y encargo en la forma
que la gran providencia vuestra excellencia tubiere por más conbeniente para
que los padres ministros no los graven con servicios ni le molesten
en manera alguna sino que les traten con la caridad que es de su obli
gación como lo han echo los antecedentes y como pide la mise
ria y pobreza de mís partes para que él buen tratamiento sea
atractivo para que otra se reduzgan y en caso necesario se le
haga saber lo referido a sus prelados del orden de San Francisco
para que por su parte coopere y den las providencias regulares y com
benientes para que estos perjuicios tengan el debido remedio y reparo
por la dificultad con que estos miserables pueden usar de recurso
alguno assí por su desbalimiento como por la gran distancia
en que se hallan por lo cual y de más favorable A vuestra excellencia pido
y suplico apliqué el zelo y piedad digna de su grandeza
para matheria tan del servicio de Dios y de su magistad dando
las providencias y despachos en la manera que llevo pedido
que es justa y en lo necesario etcétera doctor Bermúdez Francisco Félix
Hidalgo aqui proveise llevase al Señor fiscal de Su Majestad
quien en su respuesta de veintiuno de mayo del año