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kcward at Sep 22, 2019 03:51 PM

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en cuya atensión y para que estos daños tengan el devido remedio y
sesen estas bexaiones se ha de servir la grande piedad devida qué
se les señale a mis partes un capellán protector para que los ampare y defienda
como lo tienen otros pueblos para lo cual desde luego proponga Don
Juan de Minchaca por la experiencia que tienen de sus buenas procederes
y por la caridad que le han experimentada y devido y qué conduziron
mucho a que sea adelante esta poblaron y que assimismo se les li
bre despacho con graves penas a el governador de dicha provincia para que no gravé
a mis partes a servicios personales para si ni para otras personas como la
previene la real cédula de Su Majestad y que no permita se les haga veja
cion alguna y que sea el despacho de ruego y encargo en la forma
que la gran providencia vuestra excellencia tubiere por más conbeniente para
que los padres ministros no los graven con servicios ni le molesten
en manera alguna sino que les traten con la caridad que es de su obli
gación como lo han echo los antecedentes y como pide la mise
ria y pobreza de mís partes para que él buen tratamiento sea
atractivo para que otra se reduzgan y en caso necesario se le
haga saber lo referido a sus prelados del orden de San Francisco
para que por su parte coopere y den las providencias regulares y com
benientes para que estos perjuicios tengan el debido remedio y reparo
por la dificultad con que estos miserables pueden usar de recurso
alguno assí por su desbalimiento como por la gran distancia
en que se hallan por lo cual y de más favorable A vuestra excellencia pido
y suplico apliqué el zelo y piedad digna de su grandeza
para matheria tan del servicio de Dios y de su magistad dando
las providencias y despachos en la manera que llevo pedido
que es justa y en lo necesario etcétera doctor Bermúdez Francisco Félix
Hidalgo aqui proveise llevase al Señor fiscal de Su Majestad
quien en su respuesta de veintiuno de mayo del año

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en cuya tensión y para que estos daños tengan el debido remedio y
es en estas vacaciones te ha de servir la grande bridada De qué
se le señale a mis partes un capellán protector protector para que los ampare y defienda
como lo tienen otros pueblos y para lo cual desde luego proponga Don
Juan de Menchaca por la k piensa que tienen de sus buenas procedían
y por la caída que lean experimentado y de vido Y qué ilegible
mucho a que sea a que esté adelante está poblaron y Asimismo se les la
Abre despacho con graves penas a el gobernador de dicha provincia para que no grabé
a mis partes a servicios personales para y ni para otras personas como la
previene la real cédula de Su Majestad y que no permita se les haga exac
cion alguna y que sea el despacho de nuevo y encargo en la forma
que la gran Providencia 8 de él tuviere por más conveniente para
que los padres ministros no los graben con servicios ni le molesten
en manera alguna sino que les traten con la Caridad es de su obli
gación como lhoan ido ilegible antecedentes y como pide la mise
ria y probé y pobreza de mí partes para que él buen tratamiento sea
atractivo para que otra otros se reduzcan y en caso necesario se le
haga saber lo referido a sus prelados del orden de San Francisco
para que por su parte cooperen y de las providencias regulares y con
venientes para que estos perjuicios tengan el debido remedio y reparo
por la dificultad con que estos miserables pueden usar de recursos
algunos así por su desvalimiento como por la gran instancia
en que se hayan Por lo cual idea más favorable ilegible pido
y suplico apliqué el celo y y edad digna de su grandeza
para materia tan del servicio de Dios y de su magistad dando
las providencias y despachos en la manera que llevo pedido
que es justicia en lo necesario etcétera doctor Bermúdez gran felicidad Francisco Félix
Hidalgo a que provee llevaste al Señor fiscal de Su Majestad
quien en su respuesta de 21 de mayo del año