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Fidelrodv at Apr 28, 2025 04:38 PM

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Sello tercero: vale dos reales, años
de mil ochocientos veinte y seis y mil
ochocientos veinte y siete
Sr Governador
Jose Anto Barreyro, avecindado en el Parto del Piral del canton
de la Ciudad de la Plata; ante V.S. conforme á dro digo: en el
año de 1821, fue reclutado en la mesa de Juan Diaz un Negro
llamado Inigo mi Esclavo; y en el de 1823, fue reclutado en la
Ciudad de Popayan, ó en una de las del Valle un Mulato lla-
mado Javier tambien esclavo mio: Que ambos eran moros, de
buena Salud, y talla: que su valor lo tengo reclamado, confor-
me á lo sancionado en el particular; pero como no hubiese, en
la Junta de Manumicion de Garzon, dinero, pa qe se me paga-
sen mis Esclavos, me hallo hta el dia, careciendo de estos inte-
reses; y asi ocurro á la Justificacion de V.S., pa qe se sirva
mandar, qe de los Caudales, qe resulten en favor de la Renta,
en el Canton de la Plata, se me pague el valor de mis Esclavos,
con preferencia á otros acreedores; á tendiendo al tiempo que ha
Corrido; y por lo mismo á la brevedad posible, tanto pr el privilegio
de vecidad, como pa qe actualmte no quede menos, qe resultar, en aql
Canton, una Cantidad considerable de pesos, pr haber muerto, del
año pasado á esta parte, algunos individuos pudientes. Y siendo
todo de justicia: ella mediante
A V. S. suplico, que habiendome por presentado, provea, y mande, como
solicito; y en lo necesario juro &a
Jose Anto Barreyro

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Sello tercero: vale dos reales, años
de mil ochocientos veinte y seis y mil
ochocientos veinte y siete
Sr Governador
Jose Anto Barreyro, avecindado en el Parto del Piral del canton
de la Ciudad de la Plata; ante V.S. conforme á dro digo: en el
año de 1821, fue reclutado en la mesa de Juan Diaz un Negro
llamado Inigo mi Esclavo; y en el de 1823, fue reclutado en la
Ciudad de Popayan, ó en una de las del Valle un Mulato lla-
mado Javier tambien esclavo mio: Que ambos eran moros, de
buena Salud, y talla: que su valor lo tengo reclamado, confor-
me á lo sancionado en el particular; pero como no hubiese, en
la Junta de Manumicion de Garzon, dinero, pa qe se me paga-
sen mis Esclavos, me hallo hta el dia, careciendo de estos inte-
reses; y asi ocurro á la Justificacion de V.S., pa qe se sirva
mandar, qe de los Caudales, qe resulten en favor de la Renta,
en el Canton de la Plata, se me pague el valor de mis Esclavos,
con preferencia á otros acreedores; á tendiendo al tiempo que ha
Corrido; y por lo mismo á la brevedad posible, tanto pr el privilegio
de vecidad, como pa qe actualmte no quede menos, qe resultar, en aql
Canton, una Cantidad considerable de pesos, pr haber muerto, del
año pasado á esta parte, algunos individuos pudientes. Y siendo
todo de justicia: ella mediante
A V. S. suplico, que habiendome por presentado, provea, y mande, como
solicito; y en lo necesario juro &a
Jose Anto Barreyro