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Contaduria Jeneral de la Provincia.
Vistas i examinadas las cuentas de Peaje del camino de Guanacas, comprensivas de 1º de
enero a 31 de diciembre de 1843 se observa: que el ingreso asciende á la suma de 268 p.[eso]s
6 r.[eale]s ¼ r.[eal] i el egreso á la de 252 p.[eso]s 6 r.[eale]s, i que hai una existencia de 16 p.[eso]s un r.[eal] ¼ i
considerando que los dos libramientos librados en las fechas 20 de junio i 12 de Julio
del mismo año, se han dado en
empréstito a las rentas municipales la suma de 50 p.[eso]s
lo que está en oposicion al parágrafo único del artículo 5º del decreto dado por la cá_
mara de Provincia en 27 de setiembre del 1842; i aprobada por el decreto
lejislativo de 29 de mayo de 1843 i en su consecuencia se imprueban las re_
feridas cuentas i el señor Gefe [Jefe] Politico haga que el tesorero Jose María
Ortez devuelva a los fondos de peaje la suma se 50 pesos que ha dado
con órden competente i el efeto [efecto] saque copia de esta glosa al gobierno_
Neiva 23 de agosto de 1844
orj. Solano [?]
Contaduria Jeneral de la Provincia
1842, se aprueba i fenece dicha cuenta
en esta instancia; i se pasa a la respec_
tiva corporacion para lo de su obligo [obligación].
La Plata 11º de Marzo de 1844 [1845?]
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