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Sección 3a
No. 1379
Sección 3a
No. 1380
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C. Prefecto. Presente
De conformidad con la __ que emi-
te U[ste]de oficio Nº 323 de 20 del que rige el
C Gob[ernad]or de acuerdo de ayer, se sirvió conceder
al C. Jorge Delgado la licencia que solicita pa-
ra vender las tres fracciones de terreno de
labor que posee como indígena y parcionero
solicitud respectivamente
del pueblo de Capula,
en la Mesa
de San Bernabé en los puntos llamados
"Los Tres Encinos", "La Joya” y Los Lahueycitos"
Lo comunico a U[sted] para s conoci-
miento y por acuerdo superior
J y L. Marzo 26 de 1907 J.M.G. Real. Of.M.
C. Jorge Delgado. Capula
El C Gob[ernad]or en vista de los informes
respectivos en de acuerdo de ayer se sirvió conce-
der a U[sted] el permiso que solicita en ocurso
fecha 7 del que rige para que, sin perjuicio
de terceros, venda las tres fracciones de terreno
de labor que en su calidad de indíge-
na y parsionero de ese pueblo posee en
la Mesa de San Bernabé en los puntos
llamados "Los Tres Encinos" “La Joya” y “Los
Lagueycitos", cuya extensión y linderos se
expresan en seguida la fracción que están
en Los Tres Encinos mide por el Oriente
62 metros y linda con León Rui; por el Po-
miente 168 metros y linda con
Ma. Eduvigis Delgado; por el Sur 168
metros y linda con Concepción Pascual;
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