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n de rentas, por sí o por con-
ducto del comisionado que lo
era entonces él C Ismael Sosa
las cantidades que de acuerdo
con él deponente se le asignó á
cada solicitante: que esas
sumas quedaron en el poder
de la Oficina recaudadora
en calidad de depósito como
fondo propio de la excomu-
nidad que representa sin
que pudiera pasar ese depósi-
to al Monte de Piedad del
Estado, en virtud de que no
se pidió reunir la cantidad
designada por la ley, toda
vez que de esos mismos fon-
dos se pagaban periódica-
mente y por conducto de la
misma administración los
honorarios del Señor Comisio-
nado a razón de dos pesos
diarios, gasto único que por
entonces se autorizó. En
ese estado las cosas, los indí-
genas aunque número
reducido y siempre refrac-
tarios al reparto, elevaron
un ocurso al juzgado de
Distrito dando por resultado

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