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Y den si saben. quel d[ic]ho Pedro Castellar entre manera aonde fue qui[n] e como a tal conquistador. le dieren y sumo en encomienda el pueblo de Atado el de Pueblo de Poquiapa y Quinolapa t la mitad del Pueblo de Tonala quee en la provincia del S[an]to [Es]píritus que por ser empresa de oro valían en centavan en cada una no mas de cinco mill pesos de oro o mas los quales le fueron dados y en comendados por el marques del Valle y estando en jui[ci]o de su Magestad el d[ic]ho Pedro Castellar de Sigüenzas le fueron quitados los d[ic]hos pueblos. Por los o fraa[i]les de su Magestad que governavan esta Nueva. Spana diciendo ser muerto el d[ic]ho Marques y los demás que con el fueron y lo mesmo saben los de estos que sirvieron con los demás conquistadores que fueron […] viaje con el d[ic]ho marques de gandia Y den si saben quel d[ic]ho Pedro Castellar e dona Maria de Leon fueron cacsados y velados en fae de la santa madre iglesia de rroma e como la 1 marido y
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Muger siguieron vida maridable y durante su matrimonio fueron por su hija legitima - Asadsa [¿?] de naan familia Castellar y por tal fue y es auida [¿?] y de indio e que de [¿?] matrimonio. No pudieron [X]. Ni de ninguno de ellos quedo. Dicho [X] ni [X] ni acen diente nenguno si no es Lad sadoria an toma de cae [X] y den si saben que Lobo Diego del [X] [X] Es casado e velado en las [¿?] de la Santa Madre Yglesia de rroma con [X] [X] Doña Antonia Castellar Y de su esposo matrimonio fueren seis [X] [X] [X] [X] [X] [X] Y [X] si saben que los [¿?] Diego des que ves e Doña Antonia Castellar y su muger son gente noble de calidad y onestidad y de rrecogomiento - E que Por no tener [X] [X] pueblos ni ayuda de corta [¿?]ni entretenimiento en la rreal [¿?] ni otra cossa de que se poder sustentar mas que sesenta pesosde oro [¿?] que vale el pueblode Xicaestepequez que el abogado Diegode Esquivel tiene en encomienda [X] [X] su mujer y padescen
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estrema nescesidad por vivir, onorosa mente y [...] los dichos [...] los dejan [...] y [...] se saben quel [...] Diego [...] es sombre. Mui abil y su [fraenie?] e de confranca e tal e a quien cabe que su Magestad le haga qualquier merced de qualquier suerte e manera que sea y en el saben los [...] que su magestad sera [huido?] por serta persona como se refiere [digan?] Y [...] si saben que todo lo susodicho es publico y notorio y publica [...] fama diego del que ves y lo que pretende suplicar a su Magestad es que en reconpensa se [...] y los meritos de [...] mi suegro es se me haga merced de alguna reconpensa de [entre?] [rendimiento?] e a surreal caja y [segun?] oficio e cargo en el [...] nueva y [pana?] y lo ocurrido de [los dichos?] [puesto?] y presentada y leida la dicha peticion e yntrogatorio de preguntas y por [y los dichos?] señores vista loco metieron a su excelencia del señor visorey para que nombre la persona ante quien sean de hazer las dichas probanzas
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el qual nombro para ello al doctor Pedro Farfan oydor desta Real audiencia ante quien se rreçiban los testigos que se ouieren de examinar la qual prov[idenci]a por antegal Paz de Moralles reçeptor desta rreal audiençia a quien nombro para ello S[ant]o [...] dcagurto en la çiudad de Mexico a diez e siete dias del mes de noviembre de mill e qui[nient]o[s] y septenta e ocho yo el [e]scri[van]o receptor yuso scripto a se al doctor arteaga mendiola fiscal de su Mag[esta]d pa ra que se hace presente al ver juran y conosçer los testigos que en esta casa presentare Diego Desquivel siendo testigos Pedro Diaz de Aguero y Antonio Muñoz Caldera estantes en Mexico Gaspar de Morales [e]scrivano reçeptor en la çiudad de Mexico a diez e nueve dias del mes de noviembre de mill y qui[nientos] e sepsenta e ocho anos ante el Ill[ustrissimo] señor doctor Pedro Farfan oydor en la d[i]ha real audiençia el d[ic]ho Diego Desquivel presento por testigo a Joan de Verac conquistador desta d[ic]ha çiudad y Nuevaspaña
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del qual fuesse abido juramento por Dios n[uestr]o Señor y por santa maria y por la señal de la cruz que hizo en forma de derecho su virtud del cual prometio de dezir verdad de lo que supiere y le fuere preguntado y siendo preguntado por el dicho pedimiento dixo lo siguiente a la primera pregunta dixo que conoscio a los dichos Pedro de Castellar e dona Maria de Leon difuntos desde todo el tiempo que a que se sabe acordar y que conosce a los dichos diego de esquivel y dona antonia castellar su muger hija de los dichos Pedro Castellar e dona maria de Leon su Muger de mas de veinte años a esta parte e que a oydo dezir la causa sobre que es este pleito contenido en el dicho pedimiento y esto rresponde pregu[ntado] por las generaciones dicho que es de edad de sepienta y ocho anos poco mas o menos e que no le tocan ninguna de las que generales que se fueron fechas a la segunda pregunta dixo que lo que sabe es que este testigo y el dicho Pedro Castellar vinieron a esta nueva españa en conpañia del marques del Valle son