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Diz[iemb]re. 25 de 76. Al P[adre] Presid[en]te. de las Misiones Participandole lo que se previno a D[o]n. Felipe Neve. No dudo que la suspension del restableci miento de la misión arruinada de San Die go causaria a V[uestro]. R[everendo]. la pena q[ue] indica en su carta de 8 de octubre respecto a que quando ami me ha causado displicencia el saberlo solo qu anto mas los frivolos motivos que coincidie ron, y de que me ha instruido las cartas del teniente de Navio D[on]. Diego Choquet com[andan]te del Paquebot el Principe. Supongo que con el arribo de los 25 hom bres mandados p[o]r. mi reclutar para re fuerzo de la tropa de aquel Pres[idi]o. se dedi caria D[on]. Fernando de Rivera a evacuar esta importancia ya erigir al proprio tiempo la mision de San Juan Capis trano en el paraje antes elegido, pero si no se huviere verificado, no dude V[uestro]. R[everendo]. que el Governador de essas prov[inci]as encargaos p[o]r. S[u] M[agestad] de residir en ese Pres[idi]o. de Monterrey hara todo esto sino lo ha executado, muy agusto de V[uestro]. R[everendo]. por el zelo q[ue] le anima del servi cio y p[o]r. las demas qualidades que le adornan. Las ultimas noticias q[u]e. este oficial me ha dado con fecha de 3 de nov[iembr]e
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anterior son de q[ue] quedaba disponiendo su mancha a esse destino y lo persuadido de que al recibo de esta se hallara ya en el le instruyo y prevengo de quanto deve practicar para fomento de essas adqui siciones, encargandole estrechamente q[ue] no estando verificado el restablecimien to de la mision de San Diego, y la fundas[i]on de la de San Juan Capistrano se dedi que luego luego a hacerlo efectivo, y le prevengo lo mismo q[ue] antes a D[on]. Fern[an]do Rivera en quanto a q[ue] no se castiguen los cavecillas ó Autores del pasado mo vimiento, p[o]r. si la piedad con q[ue] se les trata quando merecian la ultima pe na les [ilegible] escarmientan y hace entrar en conocimiento para vivir dociles y quie tos. Una de las cosas que tambien encar go estrecham[en]te es la ereccion de la mi sion de Santa Clara en la cercania de el Pres[idi]o de San Fran[cis]co al lado opu esto de la ya fundada con esta adbo cacion, y aunque doy la or[de]n para que a estar subsigan las dos q[ue] V[uestro] R[everendo]. pide como precissos en el canal de San ta Barbara, y otra en el terreno
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que intermedia entre esse establecimiento y aquel para assegurar la comunicas[io]n convendra suspenderlo para mas adelan te y quando las otras se hallen perfec tamente establecidas, vajo cuio concepto puede decirme V[uestro]. R[everendo]. al regreso de los Bu ques los utensilios q[ue] seran necesarios para ellos a fin de determinar su embio acordando en el interin con ese govern[ad]or la ereccion de las demas preferencias si bien desde luego concibo lo sean las del canal de Santa Barbara ya medita dos para reducir la mucha Gentilidad que puebla el terreno, y para asegurar el transito de las escoltas q[ue] se despa chan con la correpon[denci]a. y pa[r]a fianzar la circulac[io]n desta como prevengo al Gover nador D[on]. Felipe Neve p[o]r. si assi fuere facil establacerla mensal con este Govierno sea p[o]r. la via de S[a]n. Blas o p[o]r la de Sonora. La tropa q[ue] actualmente hay en esos establecimientos la considero suficiente para atender a la custodia de todos ellos prevengo al Governador que la de S[a]n Fran[cis]co no deve temer otro destino q[ue] el cuidado del fuerte y la escolta de las dos misiones colaterales; pero los 75 hombres que hay en San Diego y en Monterrey deven
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distribuirse con proporcion en los dos Presi dios y en las misiones poniendo seis lo me nos en cada una de las nuevas lo que se hara efectivamente con acuerdo de V[uestro]. R[everendo]. Instruyo tambien al Governador de lo que conviene dedican su conato al fomento de essas adquisiciones por medio de po blados, siembras, plantios, cria de Gana dos, y quanto gradue oportuno a con sequir el logro, y no me olvido de pre nirle el modo de racionar los colonos con respecto a sus familiar, repartirles tierras, Ganados, y utensilios para q[ue] vayan siendo utiles, assegurado de q[u]e quando lo sean para si lo seran p[ar]a el estado con ventaja y aorro. Esta justa maxima me he resuel to a auxiliar y socorrer abundantemen te todos essos establecimientos, y en efec to a la fragata Santiago q[u]e. conduce los de San Francisco, los viberes de ese y los efectos q[ue] quedaron en San Blas del anterior despacho, ha de subseguir luego el Paquebot el Principe con el resto de viberes de ese Pres[idi]o con los correspon dientes al de San Diego y con las me morias de uno y otro que quedan habilitan dose, de modo que si los dos Buques no, pudieren desempeñar sin en cargo