| page_0003por ynstantes la discordia: no fue este el primer
paso que di, para este fin; pues, a la verdad prece[-]
dieron tantos para lograrlo, que solo este de la
lancha me quedaba : ninguno fue suficiente, antes
con los medios suaves, que elegia, tomaba el en =
cono mas cuerpo, sin dexarme aun la esperanza
mas leve de rremediarse : este fue el motivo, y no
otro, para embiar las lanchas de la Missión, mas
el no pedir licencia al Governador no fue por
causa de la discordia, si por ygnorar, que devia
preceder dicha licencia, por cuyo motivo, no se
me ocurrió tal cosa ; que a ofrecerseme aun pres.
cindiendo de la obligación, cua V[uestra] Ex[celenci]a. que no =
huviera tenido dificultad en dar al Governador
parte; y por consiguiente menos en suplicarla,
y pedirla, teniendo conocimiento de que devia
preceder en cuya virtud, no hai duda, que huviera
sido culpable, y digna de Reprehension la omision,
como notorio el desorden contra el Rey, i contra
Dios : Respecto de que Dios manda, que a los reyes, se
obedescan dando al Rey lo que es de el Rey ; lo que es
dificil de componer, sin obedecer sus ordenes ; y guar[-]
dando a sus ministros el respecto tan devido sin =
embargo, en casos extraordinarios, admiten las leyes | page_0003por ynstantes la Díscordía: no fue este el prímer
paso que dí, para este fín; pues, a la verdad prece[-]
díeron tantos para lograrlo, que solo este de la
Lancha me quedaba : nínguno fue sufícíente, antes
con los medíos suaves, que elegía, tomaba el en
cono mas cuerpo, sín dexarme aun la esperanza
mas Leve de rremedíarse : este fue el motívo, y no
otro, para embíar las Lanchas de la Míssión, mas
el no pedír Lícencía al Governador no fue por
causa de la Díscordía, sí por ygnorar, que devía
preceder dícha Lícencía, por cuyo motívo, no se
me ocurrió tal cosa ; que a ofrecerseme aun pres.
cíndiendo de la oblígación, cua Vexa. que no
huvíera tenído dífícultad en dar al Governador
parte ; y por consíguíente menos en suplícarla,
y pedírla, teniendo conocímíento de que devía
preceder en cuya vírtud, no haí duda, que huvíera
sído culpable, y digna de Reprehensión la omísión,
como notorío el desorden contra el Rey, í contra
Díos : Respecto de que Díos manda, que a los reyes, se
obedescan dando al Rey lo que es de el Rey ; lo que es
Dífícíl de componer, sín obedecer sus ordenes ; y guar[-]
dando a sus Mínístros el respecto tan devido sín
embargo, en casos extraordinaríos, admíten las Leyes |