| page_0001os junteys los dos e veays e platiqueis si sobr[e] este negoҫio se podra dar algun
buen corte e medio de manera q[ue] el marques no rreciba agravio e se haga lo q[ue]
conviene a n[uest]ro serviҫio
D[on] D[octo]r almagro y el Marques D[on] fran[cis]co pisarro
+ manda su maestad q[ue] se myre algun buen corte e medio por do el marques no
rreҫiba agravio y a su magestad se le haga serviҫio
+ parà ver si se le hara agravio convenya verse por justiҫia si su mag[es]t[ad] le hizo
merced de las beynte e una villas con sus subjetos y aldeas quanto a la juris
diҫion e termynos lo qual el marques pretende
+ ytèn sea de ver si los veynte y tres mill vasallos seran de solas las villas
e no de los subjetos y aldeas como el marques dize
+ y asi mismo si se contaran por vasallos y los q[ue] solame[n]te tienen casas
cherras por los quales pechan e rreconocen el señorio en o los q[ue] tienen
t[ie]rras arrendadas e buen de ofiҫios por q[ue] pretende el marques q[ue] no sean
de contar por vasallos dize si no los q[ue] tiene propiedad de t[ie]rras
e por ellas tributan e rreconocen el señorio
+ si en qualquiera destas cosas tiene just[ici]a no puede a ver medio
de su mag[es]t[ad].
+ e si en ellas no tiene just[ici]a rrecibirya gratificaҫion y no agravio en q[ue] v[uest]ra
magestad le hiziese m[erce]d de los pueblo contenidos en su m[erce]d sacando dellos
los q[ue] dixe por q[ue] al serviҫio de v[uest]ra magestad conviene q[ue] no los tenga
e desta manera myrase el serviҫio de v[uest]ra magestad y al marques no sele
haze agravyo
+ primeramente la provinҫia de teguantepeque por ser provinҫia muy prinҫipal
e ser puerto en la mar del sur e ser paso de las provinҫias de México para las
de guatimala y honduras e y nicaragua e tenusuto el despoblado q[ue] ay della
hasta socorusco q[ue] son sesentas leguas
+ por estas rrazones no conviene al serviҫio de v[uest]ra mag[es]t[ad]. q[ue] el marques tenga
esta provinҫia ya va por q[ue] tributa oro por las buenas mynas q[ue] ay en ella
+ por parte de su magestad y por el otro estremo contrario al del marques
se puede dezir q[ue] se le hizo m[erce]d de veynte y tres mill vasallos q[ue] os aya
en aquellas villas e que por palabras castellanas entenderse
entiende de veynte e tres mill y esto entendera su magestad si [p]or dubda
ocurriesen a el
+ yten se dira q[ue] aviendose de tener esta consideraҫion no ay dubda si no
q[ue] ay muy muchos y en mucha cantidad mas
+ yten q[ue] aviendo se de quitar an de ser los pueblos q[ue] conviene a
su serviҫio q[ue] son
+ dezir sea q[ue] por rrazon de lo q[ue] pretende q[ue] corte y medio sera justo
o lo q[ue] pide esta claro e para no enzella agravio asele de dar todo
o sienta claro q[ue] no tiene justiҫia por rrazon de los ynconvinyentes | page_0001 [...]
buen corte e medio de manera que el marquez no reciba olgrauro ese [...]
con nuestro hon. servicio de 22 amarzo y el marquez [...]Polarrol
manda fuma esto [...] se [...] alguin buen corte e medio pordoel marquez no
v reciba a gravio y a su magestad se le paga servicio
parà ber si se le para agravio eo nuem aberse poz justicia se su mag. legizo.
merced de la beynte e una velas confue pueblos y aldeas quanta a la juris
dicion e terminos lo qual el marque pretende
y tèn sea deber silos veynte y tres mil vasallos seran de los cae bienes
e no de los pueblos y aldeas como el marques dize
ya simismo si se contaran por vasallos y los que solamente tiene casas
cherras por los cuales perden ex conocen el senorio en los que tienen
horas diciendo ae ebuen de oficios por la cual pretende el marquez que no sean
de contar por vasallos dise sinolos que tiene propiedad de terras
sien qual quiera destas cosas tiene justo no puede a ver medio
de su mag.
e sienle as no tiene just. recibiria gratificacion y no agravio en g. vsta
magestad se hiziece mg. de los pueblos contenidos en su mg. sacando dellos
los que dixe por que al servicio de esta magestad conviene y no se le
gane agravio
primeramente la provincia de teguantepeque por ser provincia muy principal
y el puerto en la mar del sur e ser pago de las provincias de México para al
basta poco rusgo que sesentas laguas
por estas razones no conviene el servicio de vra. magestas y el marques que tenga
esta provincia ya va por [...] tributa [...] por las buenas mgs. que enella
por parte de su magestad y por esto tuvo extremo contrazio aldee mar que
se puede dezir que se le [...] de veynte y tres mil vasallos [...] ogaya
en acquellas bilas e que por palabras castellanas entenderse
ocuierren en el
y ten sedira aviendose detener esta consideracion ay debida
y ay muy muchos y en nuestra cantidad mas
y tenga aciendo de quitar andeser los pueblos que conviene
su servicios [...]
dezir a por su razon de los pretende que corte y medio sera justo
olo pide estan lazo e para no en sella agravio ase le de daz todo
lo siento lazo no tiene justicia por razon de los connuimentes |