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+ v Constituçiones del coro De la yglesia cathredal De mexico. v Nos don fray Alonso de montufar por la miseraçion divina Arçob[is]po de mexico y del consejo de su mag[estad]. etca. A los muy R[everen]dos y mag[estuo]sos. dean y cabildo de n[uest]ra santa yglesia cathredral, salud en Jesuxpo n[uest]ro bien. queriendo dar /orden en la deçençia con que los divinos /offiçios sean de dezir y çelebrar demas del que antes de agora thenemos dado y considerando q[ue] pues n[uest]ra madre santa yglesia nos sus tenta y da de comer del patrimonio de n[uest]ro rredemptor porque le demos graçias y le alabemos y rroguemos por nos y por el pueblo xpiano y que es mucha rrazon q[ue] nos preçiemos dello y que pongamos siempre delante los /ojos ser este n[uest]ro /offiçio y esta n[uest]ra vocaçion es justo que deseemos que n[uest]ro dios y despues a honrra y gloria suya los hombres nos tengan por devotos y rreligiosos y peculiares servidores de dios y que nos honrremos muncho dello y tengamos cuidado de estar atentos a lo que rrezamos /o cantamos porque haziendo cada uno en si lo que pudiere n[uest]ro señor nos enbie luego su socorro y ayuda para q[ue] en esta vida en algo le contemplemos y gustemos y despues en la otra del todo le veamos y gozemos para siempre y para esto presuponemos que ninguno pien se que rrezando sus /oras en su casa /o en la yglesia. /o en /otra parte antes de entrar en el coro /o despues aunque cumpla. con el officio divino gana la gruesa. ni distribuciones cotidianas sino que es /obligado a dezirlas. /o cantar las juntamente con los demas quando para ello se juntan. que para esto se les da la rrenta. /o salario y no por dezirlas en particular. y assi son /obligados a cantar su parte y no estar mudos y callados y callados sopena que no ganan . la prebenda aunque esten atentos y rrezen. lo que los /otros cantan. y si todos procurasen de cantar y estar atentos actual /o virtualmente evitar seyan. los vi çios y defectos que comunmente se cometen en el coro para lo qual encargamos la conçiençia al presidente. y mandamos que con vigilançia tenga cuidado generalmente. que en el coro aya toda quietud y sosiego silençio y mesura para que el /offiçio divino se haga con devoçion y rreverençia qual conbiene y para los que no quisieren guardar lo susod[ic]ho mandamos poner las re glas siguientes. v Primeramente mandamos que ninguno parle en el coro, en su silla ni delante ni detras del facistor so pena q[ue] avisandole el presidente y no lo haziendo sea mul tado en un punto y si fuere contumas creçiendo la contumaçia crezca la pena al arbitrio del presidente. / v ninguno hable de un coro a /otro ni se hagan señas ni se enbien mensajes so pe na de un punto salvo sino fuere preguntado alguna cosa. competente al offiçio divino / v en el coro no aya burlas ni juegos ni risas ni se proboquen a rreyr mayor mente al que ubiere de dezir capitula /oraçion lection epistola /o evangelio o qualquiera /otra cosa so pena de quatro puntos. / v todos tengan rrespecto al presidente y el que se les desmandare sea puntado en las /oras de todo el dia /.
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v todas las vezes que se dixere gloria patri se lebanten todos y descubran las cabeças y lo mesmo a la capitula /oraçiones antiphonas /hymnos /y a los canticos de nunc dimitis /te deum laudamus /benedictus /magnificat /y al yntroito de la missa /kyries /gloria /credo /sanctus /evangelio /y comuni canda /y todas las vezes / que se nombrare el bendicto nonbre de jesus /y de su bendicta madre /so pena de perder la /ora por cada vez /. v si alguno fuere por el cuerpo de la yglesia y /oyere cantar el evangelio se de tenga luego y destocado le / oyga sin pasar adelante hasta que se acabe so pena de un punto salvo si estubiere detras el coro. / v todos canten en el coro lo que fueren /obligados so pena que mandandolo el presidente al que estubiere callado y no lo hiziere sea multado en la / ora sino fuere por causa de enfermedad que a todos conste. / v lo que el chantre /o el sochantre encomendaren en el coro se haga y el que no lo quisiere hazer sea multado en un punto y lo mesmo si quisiere se guir /otro tono del quel d[ic]ho chantre /o sochantre entonaren. / v ninguno atraviese la yglesia por delante el coro mientras se dize la missa mayor terçia / sesta / y visperas so pena de un punto y ansi mes mo ninguno se pase e por la yglesia mientra se dixeren las /oras /o misa aunque sea rrezada ni se pongan a las puertas de la yglesia por donde ande entrar a ella los fieles xpianos. / v quando el sochantre estubiese solo /o com pocos acompañados al fascitor y el presidente baxare de su silla ale ayudar todos hagan lo mismo so pena de un punto. / v en el coro ninguno lea carta /o libro mientras se dizen las /oras ni rreze sino fuere en la misa despues de dicho sanctus hasta la hostia postrera. so pena que si el presidente se lo dixere y no lo hiziere sea multado en la /ora / v ninguno entre por la puerta prinçipal del coro sino fuere una vez al prinçipio de la /ora en tiempo que la pueda ganar y no salga por ella hasta despues de las /oras sino fuere aconpañando al prelado /o yendo a dezir misa cantada /o llevando capa /o aconpañando al pres[iden]te /o al que va a sacar la seña /o haziendo algun officio del coro o el altar /o del altar al coro so pena de perder la /ora cada vez q[ue] lo hiziere / v el semanero q[ue] ubiere de capitular, a /ora sea dignidad, a /ora canonigo entre en el coro de los primeros despues de aver dexado de tañer las campanas /o es quilon para començar y no comiençelas /oras /hasta q[ue] en el altar mayor es ten ençendidas las candelas y se aya hecho señal con la campanilla del coro y si antes de esto començare pierda la / ora y asi mesmo no comiençe hasta q[ue] aya en el d[ic]ho coro bastantemente quien le ayude so la d[ic]ha pena para lo qual mandamos que los capellanes y vestuarios del coro entren luego con el d[ic]ho semanero y pierdan la /ora no entrando antes que se acabe el hymno de lo baxo de n[uest]ra señora / o alto de la / ora principal. /
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v El que entrare en el coro despues de dicho el gloria patri del primer psalmo no aviendo menor de n[uest]ra señora pierda la / ora y aviendo menor despues del gloria patri de la / ora prinçipal hasta aleluya /o laus tibi domine pierda la /ora y esto se entiende para los que vienen de fuera de la yglesia y no an podido llegar antes /o an thenido alguna justa /ocupaçion y no para lo que de proposito se estan sentados /o parlando en la yglesia aguardando a que pase el d[ic]ho tiempo para entrar en el d[ic]ho coro / v El que entra en el dicho coro se baya derechamente a su silla sin quedarse /o de tener se a parlar con los que estan al fasçistor /o en las sillas baxas so pena de perder la /ora v ninguno se baxe a las sillas baxas a parlar sino fuere a cantar al façistor /o a lo que se le encomendare so pena de un punto /o baxando a la preçiosa /o a dezir al gun rresponso /o cosa que convenga al /offiçio divino. / v El que dixere una capitula / o / oraçion por /otra pierda la /ora/ v El que se descuidare de dezir la capitula /o oraçion /o lo que fuere a su carguo o le fuere encomendado por el sochantre /o por el semanero y por su descuido ubiere falta notable sea multado en la /ora. / v El que le cupiere la missa mayor y no la dixese /o la encomendare y ubiere falta sea multado en dos dias de puntos y lo mesmo se entiende con el semanero de evangelio /o epistola /y al que se le encomendare y aviendolo açeptado hizie re falta yncurra en la mesma pena. / v Al que aviendosele encomendado alguna cosa por tabla no la hiziere por si /o por /otra persona sea multado en dos puntos / v El que fuere semanero de capa y no estubiere luego despues de acabada nona para tomarla en la sacristia para la visperas y para la missa al yntroito della pierda dos puntos y lo mismo al que siendole encomendado por el semanero y aviendolo açeptado no lo hiziere / v Si el presidente faltando el semanero de la misa /o del evangelio /o epistola /o el de capa lo encomendare a /otro y no lo quisiere hazer sin justa causa sea multado en quatro puntos. / v Si el dean, fuere semanero para capitular y estubiere absente /suçeda el chantre /y si el chantre el thesorero /y si el thesorero tiene a suçeder al dean estando presente y si las dignidades de aquel coro no estubieren pre sentes pase al /otro coro por su orden /y lo mesmo se entienda en el coro del arçediano /. v y si el canonigo mas antiguo fuere semanero y estubiere absente subçedan los demas canonigos de aquel coro por su orden hasta el postrero y si el prostero estubiere ausente torne a suçeder el mas antiguo de aquel coro donde es la es domada y no aviendo alli canonigo alguno passe al /otro coro por el /orden que dicho es. /
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v los que estubieren en el coro esten em pie y destocados mientras se dixeren las /oras menores de n[uest]ra señora las quales mandamos se digan bien dichas con sus pausas y aspaçio so pena de perder la /ora el que no lo hiziere siendo avisado por el presidente. / v todos hagan pausa en la mediaçion de los versos y no comiençen ni anti çipen el verso hasta que el /otro coro acabe el suyo ansi en las /oras canta das como en las que dixezen en tono so pena de perder la /ora el que ad virtiéndolo el sochantre no lo hiziere y el p[re]sidente assi lo mande hazer y executar v todos los curas asistan conforme a la erection en el coro a visperab y a missa todos los dias y a las proçesiones que se hizieren dentro /o fuera de la yglesia so pena de ser puntados salvo estando /ocupados en alguna cosa tocante a su /officio y que no çufra dilaçion / v ninguno salga del coro sin liçençia del presidente y expresando causa justa so pena de perder la /ora y declaramos no ser causa justa neg[aci]on /ordinarios que se pueden diferir para despues de la /ora pero podra salir a las neçesidades naturales con que no se detenga en la sacristia ni en /otra parte parlando /o paseandose so pena de un punto. / v El que saliere del coro con liçençia y no bolviere a la /oraçion /o no estubiere en la mayor parte de la /ora conbiene saber si ay tres psalmos en los dos si çinco en los tres si tres nocturnos en los dos no gane presente sin liçençia si la ubiere para la tal /ora. v Al que cupiere en el coro alguna cosa por /obligaçion y se ausentare sin encomendarla pierda la /ora / v El que entrare a los maytines siendo cantados despues del yn vitatorio y el psalmo venite exultemus con el gloria patri los pierda y diziendose en tono si entrare despues del primer nocturno no los gane y si no ubiere mas de un nocturno a de entrar antes que se diga te Deum laudamus. / v El que no estubiere en missa mayor pierda terçia y sexta aun que aya estado presente y si estubiere en terçia y uviere de yr fuera de la yglesia la pierda sino estubiere al evangelio y si no ubiere esta do en terçia y quisiere ganar sesta a de estar en el coro desde el alças la hostia y el caliz y el que ubiere estado en terçia y salire con liçençia al prinçipio de la misa buelva al evangelio y si saliere despues del evangelio buelva a las /oraçiones postreras de la missa so pena de perder las d[ic]as /oras / v El que no estubiere Al sermon pierda terçia y sesta y el que se ausentare del sermon con liçençia del presidente no gane presente a terçia sino liçençia aviendola. / v El que ubiere de dezir la misa mayor /o capitula/ or[aci]on/ evangelio
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epistola /liçion /o propheçia la provea primero /so pena que si por no proveerla dixere alguna mentira /o mal açento /sea puntado en la /ora y çerca de la execuçion de este capitulo encargamos mucho /la conçiençia del presidente. / v no se de liçençia en los dias y festividades de n[uest]ro s[eño]r y de n[uest]ra señora y apos toles y de primera dignidad desde las primeras visperas hasta /otro dia a sesta ynclusive ni en las tres pascuas hasta el segundo dia a sesta yn clusive ni el domingo de rramos a la proçesion ni los dias q[ue] ubiere seña a las visperas ni los tres dias de la semana santa conbiene a saber juebes vier nes y sabbado ni la /octava de la rresurreçion por causa de la pila en la tarde y el dia y /octava de corpus xpi a visperas ni a missa por causa de la pro çesion ni en la proçesion de sant marcos y de las ledamias /. v El presidente no de liçençia a nadie para que diga missa despues de començada terçia /hasta d[ic]ha desta /so pena que el que la dixese pier da las dos /oras de terçia y sesta sino fuere los dias de cabildo /o de /otra general /ocupacion. / v los dias de sermon si alguno estubiere diziendo misa quando las canpanas dexan y se comiença terçia estando en el altar gane presente con que venga al coro antes q[ue] salga la proçesion y si se pusiere a dezir misa despues q[ue] an dexado las canpanas pierda terçia /. v En la misa mayor no se dexe de cantar la gloria /credo /y asi mesmo se cante el pre phaçio / y pater noster so pena de un punto sino fuere con liçençia del presidente /o en los dias de sermon /o quando al presidente le pareçiere /otra cosa por ser tarde /o por /otra justa causa a cuya prudençia y discreçion lo dexamos. v En las proçesiones ninguno vaya parlando con seglares ni clerigos sino con toda honestidad y gravedad so pena de un punto y si mandandolo el presidente no lo hiziere crezca la pena. v Todos los prebendados sepan cantar a lo menos aquello que a su /officio fuere neçesario conbiene a saber capitula /oraçion /lection /prefaçio gloria credo /pater noster /y te missa est /benedicamus /conforme a la solemni dad de la fiesta y en el coro lebantar una antiphona dezir un verso del yntroytu /o del aleluya /o de gradual /o de rresponso /y el que no lo sabe lo deprenda dentro de quatro meses /y si passados no lo supiere pierda la deçima parte de su prebenda con /obligaçion que lo deprenda en /otros quatro y si pasados no lo supiere pierda la octava y assi baya creçiendo. v Los prebendados q[ue] por /odio /o malquerençia no se hablaren no ganen de sus prebendas hasta que se rreconçilien aunquesten presentes. v El puntador q[ue] esto no guardare como d[ic]ho es q[ue] lo pague doblado sobre lo qual /le encargamos la conçiençia. v Uno por /otro no pida liçençia ni el moço de coro la pida por prebendado ni cura ni capellan y si por no poder aguardar que se comiençe la /ora la pidiere antes al mas antiguo q[ue] hallare en la ygl[es]ia este sea /obligado a lo dezir en toda la /ora al presidente della y si se le /olvidare q[ue] pierda el que pidio la liçençia