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Yo Don Pedro Ibañez Cavellos escribano del
Rey nuestro Señor (que Dios guarde su Notario
publico de las Yndias theniente de Don Justo
Cavallero escribano maior del Cavildo y
Difutacion de esta Novilisima ciudad ser
tipico y doi fee que por los libros de los
sensos que son a mi cargo no consta ni parese
registrado senzo alguno que se haya Ympu
esto por don fernando de Valdes y llanos
ni por Doña Mariana de Salas, ni por Juan
Gutierres Mantilla, ni por Don Alvaro
Alphonso flores ni por el señor Don Joseph
Hurtado de Mendosa Conde de el
Valle, sobre dos hasiendas en la Provinzia
de thepeaca y pago de Nopaluca, nombras
San Joseph Chiapa y la otra las minillas devajo
de los linderos que contendran los titulos de su
propriedad segun que por d[ic]hos libros consta
a que me rrefiero y de pedimento de fran[cis]co. Ruiz
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