Pliego de dudas y respuestas del Cabildo sobre una cuestión entre el Obispo y el Deán. En una nota se aclara que la Real Audiencia pronunció fallo de acuerdo con la Real Cédula de 1601. 27 de febrero de 1601

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[List of doubts and answers of the Cabildo on a question between the Bishop and the Dean. In a note it is clarified that the Real Hearing pronounced failure in agreement with the Real Cédula of 1601. February 27, 1601]

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cruz 219 Primera dubda - Seño[r] Prelado no entrando en ella ? en dia señalado tiene boto decisibo y en caso que se le pida consultivo y si su boto a de prevalescer contr la mayor del cavildo que el obispo presente o ausente no tenga votoy si de lo botado y determinado por la ma[yor?] parte se puede apelar por alguno de los capitulares para el obispo y sul? obispo el juez competente en el dicho grado que no a lugar apelacion por la mayor parte para el obispo y si siendo como son administradores por derecho el obispo y cavildo del ospital de San Pedro de la dicha ciudad puede el obispo solo nombrar mayordomo medico y cirujano y administrarle sin parescer del cavildo No puede el obispo solo hazer la d[ic]ha ad ministracion sino con el cavildo y lo q[ue] la mayor parte acordare. Y si los capitulares tienen obligacion precisa de comunicar con el obispo lo que a de tratat en el cavildo y si por no hazerlo les puede apuntar. No tienen obligación los capitulares de llamar al obispo a los cavildos ordinarios tratando en ellos las cosas tocantes a la eleccion pero en otros casos diferentes de la ora? sea en dias ordinarios o en extraor dinarios esten obligados a comunicarle si remitiendose por algunos de los capitulares o por la mayor parte la deter minacion de los propuesto en el cavildo pa[ra] que el solo la determine si lo contradize alguno o algunos siendo negocio de gracia si se a de estar a la mayor parte o No

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A S[u] S[eñoria] que no a lugar la di[ch]a remision sino que los capitulares boten. Siendo a cargo del presidente ordenar el coro y las cosas q[ue] se offresecen en el y multar a los que exceden el obispo puede ordenar el coro en su casa y quitar y anidir penasQue no puede el d[ic]ho obispo or denar el dicho coro ni quitar ni anidir las d[ic]has penas

En esta conformidad en la Real Audiencia se pronuncio sent[encia] definitiva por la duda del R[eal]? Mag[istrado?] para dichas? deudas del dean? en veinte y siete de fenr[ero] de mil y seiscientos y un años. Fueron jueces el Conde de Monterrey el Licen[cia]do Antonio Maldonado el p[adre?] Fran[cis]co Antonio? de Villagra? el D[octor] D[on} Ju[an} de Lonreal? esta original este pleito en el oficio del Señor? D[on?] Cristoval Osorio Ma drigal?

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