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el registro, o distintos géneros en ellos se declararán por decomiso, e impondrán a los capitanes, o maestres de las embarcaciones las penas establecidas en el proyecto de 5 de abril de 1720 dado por Su Majestad para el comercio de flotas y galeones y navíos de registros; pues no deben alegar ignorancia de que se pusieron a bordo sin su noticia, y el público desenfreno con que se ha hecho el contrabando en Veracruz exige el mayor rigor y que no haya indulgencia alguna en lo sucesivo.
78 Que es practicado en reconocimiento aforen los géneros en la aduana.
Después de esta diligencia, que requiere toda la exactitud de los ministros procederá el vista con la misma a practicar los aforos de los efectos y si en algún caso le pareciese el administrador que ha hecho gracia indebido o procedido con fraude, o colusión mandará aforar nuevamente los géneros y verificándose así dará cuenta y se tratara al vista con el rigor que
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