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ministros del resguardo sin que por dignidad o cualesquiera [ilegible] sea necesario pedir venía pues ninguno puede ni debe pretender que se le atienda me respete con preferencia a los intereses de Su Majestad que siempre padecer dando lugar a que tomen los defraudadores las precauciones conducentes a cortar y extraviar sus contrabandos.

69 Que para reconocer las iglesias, conventos, o casas de [ilegible] se proceda con arreglo a la instrucción formada para informar al método de las causas de contrabando.

En los casos que sea necesario reconocer alguna iglesia, convento, o casa de persona eclesiástica, se procederá por los ministros de rentas con arreglo a lo prevenido en la instrucción que se ha formado para uniformarse un método de seguir las causas de fraudes y verificándose complicidad de algunos [ilegible] en esta clase de delitos se ha de solicitar con sus jueces o prelados que les corrijan o castiguen procediendo con la moderación y atención correspondiente al estado eclesiástico secular y regular de modo que se logre la [ilegible] y se

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