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qeé se le ofrezcan a las cuentas de los receptores de los partidos.
con la exactitud correspondiente a que no se omita en ellas el legítimo carga ni se ponga en la tata partida alguna que no esté justificada y sea de entregó efectivo en poder del tesorero verificado con las cartas de pago que haya intervenido o de gastos regulares y aprobados por la administración y si se le ofrecen algunas dudas sobre parón reparos los expondrá por pliego separado que se entregará al resceptor para que lo satisfaga y en el caso de que éste no lo exécuter nos representará el contador en la junta seminaria para que se determine lo que deba practicarse y mande poner en cajas el alcance líquido que prescrita de forma que no se debe pendiente alcance ni duda alguna en estas cuentas.
26 Que todas las cuentas particulares se compren darán se comprendan en la general y está se presente al Real tribunal ordenada en todo el mes de febrero.
En la general se han de comprender las antecedentes y todas las demás particulares con la mayor distinción y claridad y en todo el mes de febrero de cada año se ha de presentar a real tribunal de cuentas ordenada en forma para losa y fenecimiento sin que con motivo alguno se pierda o retardar pues
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