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que existen en las mismas calles aunque estén con permiso del cobrador o de los arrendatarios de dichos cajones pues todos deben reducirse ha que ocupen puestos firmes en el centro del pasillo donde hay muchos desocupados estableciendo a este fin y con proporciona la clase de trato en que se ejerciten el [ilegible] precio en el arrendamiento de cada uno de los dichos puestos sin permitir que con ningún pretexto se contravenga ni altere en lo sucesivo esta disposición tan conforme a las reglas de policía y buen gobierno.

19 Con atención a que estos fondos de plaza han sufrido los salarios de un guarda y dos ministros habrá son de 100 pesos a cada uno y que son suficientes dos empleados para hacerlas celar la observancia y debido cumplimiento de las providencias del juez queda desde ahora extinguida la tercera plaza con el fín de excusar este indebido caso de 100 pesos a mayor beneficios del fondo.

Renta de sisa

20 Los productos de esta consisten en la contribución de 3 pesos y un real que se cobran por parte de la ciudad de cada barril de vino y aguardiente al tiempo de su introducción y 12 reales y medio en los de vinagre en virtud de reales cédulas con destino a la conservación de las arquerías de Santa Fe y Chapultepec y para los reparos de cañerías subalteraneas por donde se [ilegible] las aguas a todas las pilas publican de esta capital.

21 No sólo debe cobrarse el derecho municipal de cisa de todo el vino, aguardiente, y vinagre que se introdujera en esta capital conforme a la real cédula de su concesión sino también de las [ilegible] y demás licores por ser de la misma clase para cuya cobranzas se regularán las tranqueras de mistela y licores según la práctica observada en las del vino y aguardiente respectivamente.

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