Nombramiento por Francisco Fernandez de la Cueva Duque de Albuquerque, de Juan de Menchaca como Capitan Protector de indios de la nación Gicoca de Coahuila

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Francisco Fernández de la Cueva Enríquez Duque de Alburquerque Marqués de Cuellar Conde de Ledesma y de Huelma señor de las vías de Mombeltran la Codosera Lanzahita Mijares Pedro Bernardo aldea Dávila señor Estevan Villarejo y las Cuebas comendador de Guadalcanal en la orden de Santiago y de Benfaian en la de Alcántara y gentil hombre de la cámara de Su Majestad su Virrey gobernador y capitán general de esta Nueva España y presidente de la Real Audiencia de ella etcétera.

Por cuanto ante me se presentó [illegible] del tenor siguiente excelentísimo señor Don Francisco Félix Hidalgo por Diego de la Cruz Juan Antonio y Melchor de Los Reyes y demás naturales de la nación Hicocos de la jurisdiccion de San Francisco Coaguila en la Nueva Extremadura en la mejor forma que aia lugar Digo que haviéndose ocupado mis partes y sus antepasados en el ser vicio de Su Majestad en todas las funciones que se han ofrecido de enemi gos cumpliendo siempre con su obligación pasando graves traba jos y nesecidades se hallan oi sumamente desbalidos y aflixi dos por que el governador y el padre ministro les han pensionado a servi cios personales que no pueden reportar por ser pocos los indios qui tándoles unos cortos pedazos de tierra que tenían para sembrar [illegible] do tantas las opresiones que los más de las poblaciones se han ausen tado y desamparados sus pobres familias siendo assí que devieran favorecer los para que en este aliento se aumentará la población y se agregarán los que han avientado y otros que vinieran de nuevo

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en cuya atensión y para que estos daños tengan el devido remedio y sesen estas bexaiones se ha de servir la grande piedad devida qué se les señale a mis partes un capitan protector para que los ampare y defienda como lo tienen otros pueblos para lo cual desde luego proponga Don Juan de Minchaca por la experiencia que tienen de sus buenas procederes y por la caridad que le han experimentada y devido y qué conduziron mucho a que sea adelante esta poblaron y que assimismo se les li bre despacho con graves penas a el governador de dicha provincia para que no gravé a mis partes a servicios personales para si ni para otras personas como la previene la real cédula de Su Majestad y que no permita se les haga veja cion alguna y que sea el despacho de ruego y encargo en la forma que la gran providencia vuestra excellencia tubiere por más conbeniente para que los padres ministros no los graven con servicios ni le molesten en manera alguna sino que les traten con la caridad que es de su obli gación como lo han echo los antecedentes y como pide la mise ria y pobreza de mís partes para que él buen tratamiento sea atractivo para que otra se reduzgan y en caso necesario se le haga saber lo referido a sus prelados del orden de San Francisco para que por su parte coopere y den las providencias regulares y com benientes para que estos perjuicios tengan el debido remedio y reparo por la dificultad con que estos miserables pueden usar de recurso alguno assí por su desbalimiento como por la gran distancia en que se hallan por lo cual y de más favorable A vuestra excellencia pido y suplico apliqué el zelo y piedad digna de su grandeza para matheria tan del servicio de Dios y de su magistad dando las providencias y despachos en la manera que llevo pedido que es justa y en lo necesario etcétera doctor Bermúdez Francisco Félix Hidalgo aqui proveise llevase al Señor fiscal de Su Majestad quien en su respuesta de veintiuno de mayo del año

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pasado de millsetecientos y ocho pidió que don Francisco Cuerbo de Valdés governador que fue de la provincia de Coaguila y quién tendría conocimiento de dichas pueblos nos informase si sería combeniente el nombrar a dichos naturales capitán protector y si lo havía en otros pueblos y caso que combeniese darselo sería a propósito don Juan de Minchaca que era el que proponían para dicho cargo y que en caso de no serlo expresarse otros sujetos a quienes se le pudiese encargar y por el decreto que provei lo mande assí en cuia conformidad el dicho Don Francisco Cuerbo hizo el referido ynforme asentando sería combeniente nombrar dicho capitán protector como hascia en otros muchos parajes que expreso para el consuelo de los naturales y que el dicho Don Juan de Minchaca era digno y a proposito para el empleo por las experiencias que de el tenía que visto por mío por el presente y en atención [illegible] en el suso dicho las partes y calidades necesarias caridad que tiene con los naturales y buenas proce deres le nombro por capitan protector de los naturales de las Naciones y Hicocos en la provincia de Coaguila para que los ampare y defienda segun y de la manera que lo hacen los demás capitanes protectores y procurando

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el adelantamiento en aquellas poblaciones y que los naturales no sean molestados ni velados con ningun pretexto ni motibo haciendoles vivía en politica y como Christianos para todo lo cual le doy el poder y facultad que de dicho se le requiere y es nese sario México y abril veinte y seis de mill setecientos y nuebe años

ilustrísimo Duque de Albuquerque [rubric]

por mandado de su Excelencia don Josph de la morango [rubric]

Assentado [rubric] Vuestra excellencia con ynforme de Don Francisco Cuerbo y Valdés nombra por capitán protector de los naturales de la nacion Hicocos en la pro vincia de Coaguila a Juan de Menchaca en la forma que refiere

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