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prvincial por su magestad se leyo esta pettision
que presento el con obtenido en ella con el
poder que refiere [línea de cancelacion]
[auto]Su merced dicho alcalde mayor mando que al dicho
Malo de Molina Antonio se le despache el man
damientto que pide que la dicha doña Saenz María se
le entregue al dicho Antonio Malo de Molina
los dichos nobesientos ochenta pesos y quattro to
mines y seis granos de las legitimas patterna
y matterna del dicho lizenciado García Calvo Antonio
que dandoselos que pagandoselos en virtud
de dicho mandamiento y se pido sean enbiados
a dicha merced se le presente que al suso dicho
de la que diese en esta jurisdicion y lo firmo
[rubrica] Verdugo y Santa Cruz Luis
Ante mi
de Cardona Juan
Escribano publico
Despachose el mandamiento
que contiene al auto del suso | page_0015[con tinta, subrayado] 289 [a lápiz] 279
prvincial por su magestad se leyo esta pettision
que presento el con obtenido en ella con el
poder que refiere [línea de cancelacion]
[auto]Su merced dicho alcalde mayor mando que al dicho
Malo de Molina Antonio se le despache el man
damientto que pide que la dicha doña Saenz María se
le entregue al dicho Antonio Malo de Molina
los dichos nobesientos ochenta pesos y quattro to
mines y seis granos de las legitimas patterna
y matterna del dicho lizenciado García Calvo Antonio
que dandoselos que pagandoselos en virtud
de dicho mandamiento y se pido sean enbiados
a dicha merced se le presente que al suso dicho
de la que diese en esta jurisdicion y lo firmo
[rubrica] Verdugo y Santa Cruz Luis
Ante mi
de Cardona Juan
Escribano publico
Despachose el mandamiento
que contiene al auto del suso |