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ympuestos de cargados sobre dichas fin
cas dos mil pesos que pago luego en
reales de contado y los cinco mil
nobecientos restantes que a de pagar
dentro de quatro años que en el ynterin
sus reditos de a sinco por siento en
cada un año segun consta de dicho remate
fecho en el dicho Gomes de la Corte Nicolas
a los dose dias del mes de henero
deste presente año de la fecha por
ante su merced dicho don general y alcal
de maior don de Zenteno Diego y por
ante Gutierres Nicolas escrivano
publico y real foxas 73 de los autos
el qual asepto el suso dicho y se obligo
a sus a guardar y cumplimiendo y
hablado se rremato con los havios y
a presios siguientes.
Las cassas de su bibienda con su capilla troxes
de mais y trigo con dos espigeros para la prenda
y bardas y corrales de ganado prieto. Cachos de cava
llerias de tierra poco mas o menos las que hu
biere sin obligacion de saneamiento las dies de
baxo de riego y las quatro de temporal: se
tenta bueies mansos de arada: beinte bacas
y becerros: dies y siete cavallos capones de
trilla: quatro sientas y ochenta y dos cavezas
de ganado de serda que balo mas a dos años
siento y treinta lechones de a tres messes: be
inte y sinco carneros capados: dies y seis obe
xas y borregos: Biente arados aperados
y una suelta: dos escoplos: una barrena: dos sie
rras: el yerro con que se sierra el ganado:
un corral de madera de bueies: dos carretas
con sus sinchos de fierro: dos mesas de madera
siete fanegas y media de barbecho para ten
poral de dos hierros: quarenta y sinco fanegas de
barbecho de un fuerro para trigo: y las dies de
ellas de dos hierros. Beinte y suste michas

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