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y no firmaron Porque dixeron que no ssa
bian firmo A su derecho un testigo sien
do testigos jhoan esteban maldonado y
pedro de leon y jusephe lopez vecinos y estan
te en mexico y asimismo lo pueda
sostituyr en todo o en parte quedando
ssiempre en el sussodicho el poder prin
çipal ffo vt supra testigos los dichos testigo
pedro de leon ante mi francisco de olalde
escrivano de su magestad = en ffee de lo qual
mi signo fize francisco de olalde escrivano de su magestad
ffecho sacado corregido y concertado fue este
traslado con el poder original que se
entrego a la parte del dicho juan gomez de le
guissamo y para que dello Conste de el
domycilio del sussodicho y mandamyento del dicho poder
di el presente en la ciudad de cholula
en veynte y dos de junio de mil y seys
cientos y veynte años siendo testigos juan
bernal y pedro hernandez vecinos desta ciudad
y en ffe dello Hago mi signo en juramento de verdad
Jhoan francisco
scrivano publico [rubrica]
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