| page_0011[Crismón gráfico]
Sepan quantos Esta carta vieren
como yo Sebastian Gomes Bexarano escribano des
ta çiudad de Cholula por lo que me toca y en
bos en nombre de Doña françisca negrete
mi muger en virtud de su poder ques del
Señor o thenor Ssiguiente [linea de cancelqción]
Sepan quantos esta carta vieren çomo
yo Doña françisca negrete muger ligitima
de ssebastian gomes Bexarano vesino
desta çiudad de Cholula en su presencia
y con su licençia que pido y demanda para
otorgarce este poder para cuyo effecto yo
el dicho sseebastian gomes se la conçedo yo
La sussodicha La acepto ussando della otorgo
que doy mi poder cumplido qual de Dios se
rrequiere y es neçessario al dicho mi marido
para que me obligue hasta en cantidad
de sseys mill pessos de oro comud por plata
oro grana cacao mercaderias y otras co
ssas de generos que en mi nombre y para
[lla via] y benefficio de nuestra hacienda
de obraje que tenemos en esta çiudad
çompre y rresçiba de las perssonas y a los pre
çios que hallare con rrenunciaçion de el
y es del entrego si no fuere ante el escribano
y me obligue a que pagare los dichos sseys
mill pessos en rreales a las perssonas y a
los plaços y en las partes y lugares ssolas
penas y ssalarios que pudiere y asenta
re ssobre lo qual otorgue las escripturas de
[Rúbrica] | page_0011Sepan quantos Esta carta viere
como [...] Sebastian Gomes Bexarano [escribao] des
ta ciudad de Cholula por lo que me lo [..]
bos en nombre de Doña Francisca negrete
mi muger en virtud de su poder ques del
[Señor o thenor] Ssiguiente-----
Sepan quantos esta carta vieren como
[..] Doña Francisca negrete muger ligitima
de Ssebastian Gomes Bexarano vesina
desta ciudad de Cholula en su presencia
[y]con su licencia que pido y demanda para
[tregarse] este poder para cuyo effecto [..]
el dicho Sseebastian gomes se la concedo y
la sussodicha la acepto ussando della otorgo
quedo mi poder cumplido qual de [..]
rrequiere [y] es necessario al dicho mi marido
para que me obligue hasta en cantidad
de sseys mill pessos de oro [comies] por plata
oro grana cacao mercatrerias y otras co
ssas de [peneros] que en mi nombre para
[..] benefficio de nuestra [hatienda]
de obraje que tenemos en esta ciudad
compre rresiba de las perssonas a los pre
cios que hallare con rrenunciacion deel
[ce] les entrego si no fuere ante [..]
me obligue a que pagare los dichos/sseys
mill pessos en rreales a las perssonas [a]
los plaços y en las partes lugares [ssolas]
penas y ssalarios que pudiere atenta
re ssobre lo qual otorgue las escripturas de |