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mis bienes Dotales Arras ni
bienes parrafenales ni heredi
tarios ni otro derecho que me com
peta Por quanto confiesso que
lo sussodicho se convierte en mi
pro y hutilidad y si tal hisiere o pa
resçiere lo doy Por ninguno y de nin
gun valor y effecto y deste Juramen
to a la Avssoluçion del qual Digo
si juro y amen no pedire Avsolu
çion ni relajaçion A nuestro muy
Ssancto padre ni a quien de derecho
me la pueda conçeder y si de propio
mutuo me fuere conçedido o rre
laxada ni ussare de el so pena
le perjura y de caer en cassos
De menos valer y tantos
quantos Juramentos me
fueren avsueltos y rrelaxa
dos tantos hago y uno mas pa
ra que quede Rebalidada esta
escriptura en testimo
nio de lo qual la e[n]tregue an
te el presente escrivano pu
blico y testigos ques ffecha en
la ciudad de cholula en veynte
y siete dias del mes de abril de
mill y sseysçientos y dies y ocho años
los otorgantes que yo el escribano
publico Doy ffee que conosco lo firman

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GOGL570322

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