| page_0055En La ciudad De choLula en
Veynte y tres dias del mes de
abril de mill y seis[ciento]s y quinse a[ño]s
Ante Fernando calderon de Bayas corre
gidor desta civdad Por su mag[esta]d La presen
to el contenido con el t[e]stamento
que enella se deceara [Línea de cancelación]
Christobal Rodrigues v[e]z[cin]o d[e]sta civdad
De choLula Digo que a pedim[en]to de diego
de olmos y ana ximenes yndios natu
rales d[e]sta civ[da]d Herederos de don Xtobal
Ximenes se traxeron enn[es]ta pregon
Unas casas en[e]sta civdad en el barrio
De san miguel y cholula en confor
midad se viese d[i]cho Dion Xtobal Xime
nes Por t[e]stam[en]to otorgo manda que
La mitad de la dicha casa o su balor se de
a la yglesia dsta civdad Para que se digan
misas por su anima y La mitad
a los dichos diego de olmos y ana xime
nes y para sto pidieron se le rreciviese
ynform[aci]on de la utilidad que se les siguia
de la d[i]cha y umd La mando Dar y an
Dubieron treynta dias en pre
gon Las dichas casas y en mi como
en mayor ponedor se rrema
taron en quinientos y sico pesos
de Oro comun los quales exsivi y es
tan de Positados Por quanto V[uestra] m[erce]d | page_0055En La ciudad De choLula en
Veynte y tres dias del mes de
abril de mill y seis[ciento]s y quinse a[ño]s
Ante Fernando calderon de Bayas corre
gidor desta civdad Por su mag[esta]d La presen
to el contenido con el t[e]stamento
que enella se deceara [Línea de cancelación]
Christobal Rodrigues v[e]z[cin]o d[e]sta civdad
De choLula Digo que a pedim[en]to de diego
de olmos y ana ximenes yndios natu
rales d[e]sta civ[da]d Herederos de don Xtobal
Ximenes se traxeron enn[es]ta pregon
Unas casas en[e]sta civdad en el barrio
De san miguel y cholula en confor
midad se viese d[i]cho Dion Xtobal Xime
nes Por t[e]stam[en]to otorgo manda que
La mitad de la dicha casa o su balor se de
a la yglesia dsta civdad Para que se digan
misas por su anima y La mitad
a los dichos diego de olmos y ana xime
nes y para sto pidieron se le rreciviese
ynform[aci]on de la utilidad que se les siguia
de la d[i]cha y umd La mando Dar y an
Dubieron treynta dias en pre
gon Las dichas casas y en mi como
en mayor ponedor se rrema
taron en quinientos y sico pesos
de Oro comun los quales exsivi y es
tan de Positados Por quanto V[uestra] m[erce]d |