y en la ciudad de cholula en cinco dias del mes febrero del año de mill y seis
cientos y cinco Gabriel de chabes corregidor por su magestad dela dicha ciudad
aviendo visto los autos en esta causa fechos entre partes de la una alonso garcia
como tutor y curador de las personas y bienes de los hijos y herederos de diego rruis
y leonor garcia como otro demandante y de la otra miguel martines de salsedo
albacea de los dichos difuntos reodemandado dijo que retificaba y retifico
y aprobaba y aprobo el decernimiento de tutela fecho en el dicho alonso garcia por garcia
de cabeças suteniente en primero día deste presente mes. de las personas y bie
nes de diego rruis y francisco rruis y leonor garcia sus herederos en cuia conformidad mia
daba y mando que senotifique lademanda del dicho alonso garcia al dicho miguel
martines de salcedo y selede traslado de ella al qual manda y dentro del
termino del derecho la conteste sopena deque nolo hasiendo seprocedera
en ella aviendola por contestada y que ante todas cosas el dicho miguel mar
tines de salcedo se arraugue de francas dondeno asta tanto que lasde sea
preso y asi lo probeio y mando y firmoo [línea de cancelación]
ba entre renglones asi valga [línea de cancelación] [rúbrica] francisco garcia ocon [rúbrica]
ante my
Joan Franco
escribano publico [rúbrica]
La ciudad de cholula en cinco dias del
mes de hebrero de myll y seis cientos y cinco años
yo el escribano el auto de suso y de manda
atras contenida puesta por alonso garcia
[tachado] a miguel martines de salcedo al qual
cite paralo enella contenido
[línea de cancelación]