| page_0021SEpan quantos esta carta vieren como yo hernando ponce
vecino de esta çiudad de cholula otorgo
y conozco por esta carta que doy mi
poder cumplido qual derecho se
rrequiere para ... testigos moises
salmeron vecino de la çiudad de los angeles presente
Generalmente, para en todos mis pleytos, causas y negocios ceuiles y criminales
mouidos y por mouer, uqe yo he y tengo con qualquier personas y las tales y o
tras qualesquier contra mo los han o esperan auer y tener y mouer en qualquier
manera, assi demandando como defendiendo, y paraque podays recebir auer y co-
brar qualesquier maravedis, pesos de oro plata joyas, esclauos mercaderías, dere-
chos è auciones è otroz qualesquier bienes rayzes è muebles que deuan è de-
uieren, assi por obligaciones, conosimientos traspassos, sentencias, cuenta de li-
bros ò en otra qualquier manera: y de lo que recibieredes è cobraredes podays dar
las cartas de pago è finiquito y Iasto que convengan y valgan, como fin yo la diese
siendo presente. Y en razon de los dichos pleytos y cobranças de los dichos mis
bienes podays parecer ante el Rey nuestro Señor y ante sus Presidente è Oidores de
las sus reales Audiencias, e ante qualesquier Alcaldes, Iuezes è justicias Ecclesiasti
cas y seglares de qualesquier partes que sean e ante qualesquier de ellas podays dema-
dar, responder defender, negar è conocer pedir è requirir querellar è protestar, te
stimonios: pedir è tomar è para declinar juridicio è poner artículos y posiciones
y a los de las otras partes responder: y para jurar en mi anima qualesquier jura-
mentos de verdad dezir, è los diferir en las otras partes, con quien litigaredes: è
para dar è prefentar qualesquier cartas de justicia, è pedir cumplimiento dellas, y
sacar qualesquier cartas y cesuras y presentar testigos escritos y escrituras, y pro
nanças, y los abonar recusar qualesquier juezes y escrivanos, jurar en mi anima
las tales recusaciones y apartaros dellas è facar de poder de qualesquier escriva-
nos è otras personas, qualesquier escrituras y provanças a mi tocantes y siendo
pagadas las chancelar y dar lasto de ellas, è dar è hazer entregas execuciones pri
siones vétas de bienes en remates dellos, è jurar costas tastarlas è uerlas jurar è ta-
star las otras partes concluyr razones è pedir sentencias, y las consetir y las de
en contrario apelar y suplicar y las seguir do con derecho deuays hazer e hagays
así en primera como en todas otras instancias, todos los demás autos en diligen-
cias judiciales y extrajudiciales que cóuegan de fe hazer, aunque sean de calidad que
para todo ello se requiera, deua auer otro mi mas especial poder y mandado en
presencia personal, y vuestro lugar y en mi nombre podays hazer sostituye
un procurador dos ò mas, y los reuocar y otros de nuevo criar quedando siempre
cumplido con todas sus incidencias en dependéncias anexidades y conexidades y con
libre y general administración en vos relievo y a vuestros sostitutos el forma de de-
recho. En para lo auer por firme obligó mi persona y bienes auidos y por auer. que el
sensa la carta en la çiudad de cholula
en catorce dias del mes de otubre de myll
y seiscientos y seis años y ... | page_0021SEpan quantos esta carta vieren como yo hernando ponce
vecino de esta çiudad de cholula otorgo
y conozco por esta carta que doy mi
poder cumplido qual derecho se
rrequiere para ... testigos moises
salmeron vecino de la çiudad de los angeles presente |