| frc_vol004_0040_b[crismón gráfico] [tachado] 665 36 [a lápiz] 40
ta ciudad las quales e pagado la en
trada de [...] a todas las quales
a cada una dellas mando diez pesos
de oro comun de limosna [línea de cancelación]
[auto] ytem mando se de mi mis vienes a la
cofradía de el Santísimo Sacramento
quince ducados de castilla a parte
por conseguir la indulgencia que se
alcanza por dar tal limosna [línea de cancelación]
[auto] ytem mando que para descargo de
mi consiencia se digan quarenta misas
rresadas por la yntencion que oy la
aplicare por que no puedo desear otra
cosa [línea de cancelación]
[auto] ytem declaro que fui casado y becado
segun orden de la santa madre yglesia
con Alonso María mi legitima muger
y durante el dicho nuestro matrimonio
tubimos y procreamos por nuestros
hijos legitimos a Martínez Ysabel mi hija
muger de López de Angulo Pedro a la qual
y al dicho su marido entregado mil pesos
de oro comun que escribieron de la parte
de la dicha María Alonso mi muger y su
madre declarandolo por descaego de
mi consiencia y ansi mismo fue
por mi legitimo del dicho matri
monio como ya tengo declarado a Martínez Andrés
que murio en la ciudad de Se
villa el qual sejo por su hija legitima
a una niña nieta mia que el la que
la clausula ante desta tengo
declarado la qual le dejo los
[línea de cancelación] | frc_vol004_0040_b[crismón gráfico] [tachado] 665 36 [a lápiz] 40
ta ciudad las quales e pagado la en
trada de [...] a todas las quales
a cada una dellas mando diez pesos
de oro comun de limosna [línea de cancelación]
[auto] ytem mando se de mi mis vienes a la
cofradía de el Santísimo Sacramento
quince ducados de castilla a parte
por conseguir la indulgencia que se
alcanza por dar tal limosna [línea de cancelación]
[auto] ytem mando que para descargo de
mi consiencia se digan quarenta misas
rresadas por la yntencion que oy la
aplicare por que no puedo desear otra
cosa [línea de cancelación]
[auto] ytem declaro que fui casado y becado
segun orden de la santa madre yglesia
con Alonso María mi legitima muger
y durante el dicho nuestro matrimonio
tubimos y procreamos por nuestros
hijos legitimos a Martínez Ysabel mi hija
muger de López de Angulo Pedro a la qual
y al dicho su marido entregado mil pesos
de oro comun que escribieron de la parte
de la dicha María Alonso mi muger y su
madre declarandolo por descaego de
mi consiencia y ansi mismo fue
por mi legitimo del dicho matri
monio como ya tengo declarado a Martínez Andrés
que murio en la ciudad de Se
villa el qual sejo por su hija legitima
a una niña nieta mia que el la que
la clausula ante desta tengo
declarado la qual le dejo los
[línea de cancelación] |