frc_vol004_0045_b

OverviewTranscribeVersionsHelp

Facsimile

Transcription

Status: Indexed

[crismón gráfico] [roto] [subrayado] 41 [a lápiz] 45
ni haganze en juizio ni ffuera del
salvo este que agora hago qualquiero
valga por tal y en aquella abra y ffor
ma que mejor aya lugar de derecho [línea de cancelación]
ytem quiero y es mi boluntad que los
bienes que ansi dejo por este poder
de el dicho Gomez Vizcaino y otro
el suso dicho los venda de la manera que
le pareciere por tianguis y otros
partes y de precio que asi sacare
de el se creyere por su juramento
sin que de ninguna otra prueva
ninguna por que della le rrelevo
entre tantos dello qual otorgo y expreso
ante escribano publico y su effecto en la ciudadde Cholula
a dies y seis dias del mes de
diziembre de mil seis cientos
y quatro años y le otorgo cuyo servicio
doy ffe que conozco lo ffirmo de su nombre
siendo [...] de Ocon Antonio y Lopez Ancelmo y de Torres Estefano vecinos cofrades
desta ciudad [línea de cancelación]
[auto] ytem demando se paguen a esta año ffecho [...]
mi cual dos meses de [...] que me asen
ver a rrazon de siete pesos cada mes
[...] [...] [...] [línea de cancelación]
[Rúbrica] Por testigo Antonio de Ocon
Centeno Nicolás
Ancelmo Lopez
Ante mi
Franco Joan

Notes and Questions

Nobody has written a note for this page yet

Please sign in to write a note for this page