frc_vol004_0039_a

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[crismón gráfico]
debia al suso dicho y estos le doy por el
suyo recervicio los quinientos dellos y los
dusientos por la rrazon dicha y no en
bargante que en la clausula digo
pues el dicho Martínez Juan es mi hijo declaro lo
por yo bastando [línea de cancelación]
[auto] ytem declaro que sobre la dicha mi asienda
estan ympuestos a senso ochocientos
pesos de oro comun de sien valen fabor
de Ricardo difunto de los quales
mo se veredictos [línea de cancelación]
[auto] ytem mando que se den a Novillo Juan vecino
de esta ciudad mayordomia y cofradia
de las animas del purgatorio sin
quenta y sinco pesos de oro comun que
me coxido se le de para la dicha cofradia una
yasa desta mia con que pedia a ca
da limosna [línea de cancelación]
[auto] ytem declaro que debo a Juan Novillo qua
renta conejos mando se le pague
lo que el dijere que le costo cada uno
[auto] ytem declaro que debo a de Molina Marca Alonso
vecino desta ciudad de [...]
[...] de toma nuestra quenta
falta el dia de oy y siento y sinquenta
y cinco pesos de oro comun mandole se
paguen de mis vienes [línea de cancelación]
[auto] ytem declaro que debo a de Vega Antonio
mi hermano dusientos y sesenta
y siete pesos de oro comun mandole
se paguen de mis vienes [línea de cancelación]
[línea de cancelación]

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