frc_vol004_0025_a
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[Crismón gráfico]
Sepan quantos esra
carta vieren como yo Pérez José vezino la
brador desta jurisdicción de la ciudad de Cholula o
torgo que me obligo de dar y pagar a Marquez Gonçalo
vecino desta ciudad que es presente
que de su poder y biere conviene saver
cinquenta pesos de oro comun de rresto y compra de tres
bestias mulares que compre en cien pesos del dicho
que no de las quales me doi por contento y entre
gado a mi boluntad con rrenunciacion del po
der enttrego prueva de la paga en
vastante forma los quales de los cinquenta
pesos de oro común por la dicha rrazon pagare
de la ffecha desta en cinco meses y
demanden e rre[...]alle de plata y no en
qual moneda llanamente su merced derecho alguno con
a su costa de la cobrança y para que las dichas
leyes quales cosa paga por especial y posea
no deregandola general y poseio las dichas
bestias mulares herradas con el fierro del
margen de diferentes colores ya no las ven
den hasta tanto que esta deuda es reste ente
ramente pagada y para lo aver por nuebo bo
[...] no persona con poder a las juezas de su magestad
de qualquier parte sean escriptamente
a las desta de la ciudad an[...] [...] de Simón Luis
me someto para que me apremie a lo que yo
es como por sentencia para en cosa juzgada
y rremito leyes de mi favor con general del dicho
causa e cantidad de [...] en diez dias del mes
de abril año de mil e seyscientos e qua
tro y el otorgante yo escribano conozco lo
firmo siendo vecino testigo de Guzmán Manuel Luis
y de Rribera Fuenlabrada Luis y estantes firmo.
[Rúbrica] José Pérez
Ante mi
Franco Joan
Escribano público
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