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[Al margen superior al centro, dos líneas paralelas]

interquere la toma [...] por
su inquilino tenedor e posehedor para lo
acudir con el cala [...] pidan y comunicarles
vendedores [...] e vision segu
ridad [...] del dicho pedaso de tierra en
la mas [...] que pueden y del dicho
[...] de lo que pues [...]
sus peronas y bienes y dieron poder a la [...]
[...] para la [...] de lo que dicho es
con prosencia pasada en co [...]
[...] de sustacion con la
de dicho e yo la dicha doña Juana de Tapia por ser
[...] la que le son [...] les informan
por no saver a su [...] del dicho
corregidor para validacion de esta escritura
interpuso a ella su autoridad y le
dicto judicial quando puede y dicho es [...]
[...] a que esten y pasen
por ella y [...] del mediante su [...]
[...] y Guzmán [...] de
[...] de esta ciudad [...]

[Al margen central izquierdo] Don Juan de Saavedra Guzmán
[Al margen central derecho] [...]
[Al margen central derecho] Ante my Joan Franco escribano público [rúbrica]

[Al margen izquierdo] auto
La ciudadde Cholula en este dicho dia mes
y año dichos de esta por Don Juan de Saavedra
Guzmán corregidor de esta ciudad [...]
[...] de mas diligencias digo que
mandalla y mando que se notifique
Alonso de Cuenca en cuyo [...] se
otorgo notore pesecion del pedaso

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GOGL570322

[Al margen superior al centro, dos líneas paralelas][Al margen central izquierdo] Don Juan de Saavedra Guzmán
[Al margen central derecho] [...]
[Al margen central derecho] Ante my Joan Franco escribano público [rúbrica]