frc_vol002_0656_a

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para que haga de ellas a su boluntad como
cosa suya que es y le doy poder y ffacultad
para que de su propia autoridad o judiçial
mente tome y aprehenda la poseçion de las
dichas casas y en el entretanto que no lo
toma me consta yo por su ynquilino tenedor
y posehedor de ellas para le acudir cada que
me las pida y como rreal bendedor me obligo
a la evision seguridad y saneamiento de las dichas
casas en tal manera que no le saldra en
bargo ni ympedimyento alguno si tal le saliere
o pleyto se le moviere luego que por su parte me
sea ffecho saver o en las casas de mi morada
tomare la boz y de este no a de tal per
y le sacare a paz y a salvo de el hasta que quede
en quieta poseçion de las dichas casas y no lo
haziendo ansi le dare y bolbere los pesos de oro
que por ella me da con las mejoras y que
en ella hubiere de este echo en los quales
abeis de ser creyddo por solo vuestro juramento
en que lo di ffecho y cumplimiento de lo
que dicho es obligacion para su bienes lo oy
poder a los juzagados de qualquier
[...] que sean para que me cumpllan
al cumplimiento de lo que dicho es como persona
de ffirma tuvo el juez copresente con
tra mi dada y pasasa en cosa juzgada
el testigo la
[...] en [...] de lo qual otorgue
la presente ante el [...] de mi y no que [...]

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