frc_vol002_0614_a

OverviewVersionsHelp

Here you can see all page revisions and compare the changes have been made in each revision. Left column shows the page title and transcription in the selected revision, right column shows what have been changed. Unchanged text is highlighted in white, deleted text is highlighted in red, and inserted text is highlighted in green color.

7 revisions
Merced at Jan 21, 2021 11:00 AM

frc_vol002_0614_a

[Al margen superior al centro: dos líneas paralelas]

me desisto del derecho y aucion que en
a la dicha Lucia y lo cedo en a dicha con
pradora para que haga de ella a su
boluntad como cosa suya quel y con
real bendedor me obligo a Alonso
de la dicha negra en la mas basta fforma
que de derecho soy obligado o para el cun
plimiento de lo que dicho es obligo mi persona
y bienes y doy poder a las justicias
de su majestad de qual quier parte que sean y en es
pecial a las desta ziudad para que con
pelan al cumplimiento de lo que dicho es como
por sentencia definitiba de juez conpe
tente contra mi dada o pasada en
cosa juzgada o ten las leyes de mi
ffavor con la general del derecho ffecha en la
ciudad de Cholula a veynte dias del mes
de junio de myll y seiscientos y un años y
otorgante que doy ffe que conozco lo ffirmo de su nonbre
siendo testigos Juanes del Bisarriturri y Andres
de Valencia Donigo de los reyes vecinos desta
ziudad [Línea de cancelación]

[Al margen derecho] [Rúbrica] Francisco de Valencia [Rúbrica]
Alonso Rodríguez [Rúbrica]
[Al margen derecho] paso ante my/Juan Franco/ escribano de su majestad [Rúbrica]

frc_vol002_0614_a

[Al margen superior al centro: dos líneas paralelas]

me desisto del dicho y auncion que en
a la dicha Lucia y lo cedo en a dicha con
pradora para que haga della [...]
boluntad como cosa suya quel y con
real bendedor doi me obligo a la evision
de la dicha negra en la mas basta fforma
que de dicho soy obligado o para el cun
plimiento de lo que dicho es obligo mi persona
y bienes y doy poder a las justicias
de su majestad de qual quier parte que sean y en es
pecial a las desta ziudad para que con
pelan al cunplimiento de lo que dicho es como
por [...] definitiba de juez conpe
tente contra mi dada o pasada en
cosa juzgada o ten las leyes de mi
ffavor con las partes del dicho ffecha en la
ciudad de Cholula a veynte del mes
de junio de myll y seiscientos y un años y
otorgue que doi ffe que conozco lo ffirmo de escribano
siendores Juanes del Bisarriturri y Andres
de Valencia Donigo de los reyes vecino desta
ziudad [Línea de cancelación]

[Al margen derecho] [Rúbrica] Francisco de Valencia [Rúbrica]
[Al margen derecho] paso ante my/Juan Franco/ escribano de su majestad [Rúbrica]