frc_vol002_0106_b

OverviewVersionsHelp

Here you can see all page revisions and compare the changes have been made in each revision. Left column shows the page title and transcription in the selected revision, right column shows what have been changed. Unchanged text is highlighted in white, deleted text is highlighted in red, and inserted text is highlighted in green color.

8 revisions
Mariana4 at May 25, 2020 01:39 PM

frc_vol002_0106_b

[Margen superior central: línea de cancelación]
[Margen superior derecho, en lápiz] 107
[Maregn superior derecho, en tinta] 13
[...]que primero sea oido y por [...]
y derecho vencido ante quien y con derecho
deversela de [...]perjuicio del [...]
y de otro tercero que [...][...] el tenga
[...] dichas tierras y en [...]
[...][...]
Joan Franco [Rúbrica]
[Parte central de la foja: Crismón gráfico]
por esta [...]en el pago que le [...][...]
que [...]Cienega jurisdiccion de la ciudad de Cholula
en primero dia del mes de otubre de myl
seis[...][...][..]
[...][...][...] Josep de Lorenzo labrador
en esta jurisdicción por [...][...]en las tierras [hoyo]
tenida en la escriptura de [...]se la dio
en dote Pedro Sánchez su suegro que esta [...] apresente
en virtud de los recaudos presentados requi[roto]
[...] de bayas [...]
de Cholula cede y desta
[...]de tierra contenida y de la [...]
escriptura de venta y cedula de [...][roto]
presento con esta dichas que de Joan Núñez
su suegro que sera en los que [...][roto]
y por tales lo señalava [hoyo] [...][roto]
dedor señalo [rayado][roto]
con el otro y con tierras que [roto]
Pablo que [...] posehe Sebastian [roto]
uno esta un [roto] lo [...] otro va [roto]
[Margen inferior: línea de cancelación]

frc_vol002_0106_b

[Margen superior central: línea de cancelación]
[Margen superior derecho, en lápiz] 107
[Maregn superior derecho, en tinta] 13
[...]que primero sea oido y por [...]
y derecho vencido ante quien y con derecho
deversela de [...]perjuicio del [...]
y de otro tercero que [...][...] el tenga
[...] dichas tierras y en [...]
[...][...]
Joan Franco [Rúbrica]
[Parte central de la foja: Crismón gráfico]
7. por esta [...]en el pago que le [...][...]
8. que [...]Cienega jurisdiccion de la ciudad de Cholula
en primero dia del mes de otubre de myl
seis[...][...][..]
[...][...][...] Josep de Lorenzo labrador
en esta jurisdicción por [...][...]en las tierras [hoyo]
tenida en la escriptura de [...]se la dio
en dote Pedro Sánchez su suegro que esta [...] apresente
en virtud de los recaudos presentados requi[roto]
[...] de bayas [...]
de Cholula cede y desta
[...]de tierra contenida y de la [...]
escriptura de venta y cedula de [...][roto]
presento con esta dichas que de Joan Núñez
su suegro que sera en los que [...][roto]
y por tales lo señalava [hoyo] [...][roto]
dedor señalo [rayado][roto]
con el otro y con tierras que [roto]
Pablo que [...] posehe Sebastian [roto]
uno esta un [roto] lo [...] otro va [roto]
[Margen inferior: línea de cancelación]