Instruccion para el mejor gobierno y administracion de los propios y arbitrios de Mexico 

ReadAboutContentsHelp
In this document, Gálvez provides dozens of guidelines for the occupations of local officials and for both the imposition and collection of various taxes.

Pages

26
Complete

26

El bando y publicación en la venida de la santa imagen se satisfacían 12 pesos 4 reales que quedan extinguidos respecto a que es obligación propia del excelentísimo escribano de cabildo: 0 pesos Por repartir los convites se pagaban 6 pesos que quedan extinguidos: 0 pesos Por distribuir la cera a los tribunales 18 pesos: 18 pesos De armar y conducir el palio 2 pesos: 2 pesos A la [ilegible] cofradía de Nuestra Señora se daban 150 pesos para costear el día que toca esta fiesta a la ciudad y en los sucesivos sólo sean de dar 100 pesos: 100 pesos De la comida que es práctica servirse en el santuario a los caballeros comisarios en la avenida y regreso de la santa imagen alquiler de coches agasajó a los cocheros del excelentísimo virrey y demás gastos se han pagado 382 pesos [ilegible], al poco más o poco menos y debiendo continuarse su práctica los arreglará a lo justo el mayordomo tesorero: 382 pesos Por la fiesta del patriarca el señor Don Joseph se ha dado la limosna de 100 pesos y se ha de continuar: 100 pesos Idem por la de San Antonio Abad a 100 pesos: 100 pesos Por la de San Felipe de Jesús en San Agustín se daba la limosna de 100 pesos que se reduce a 80: 80 pesos La de San Bernardo 50 pesos: 50 pesos La de San Antonio de Padua 50 pesos: 50 pesos Por la de San Nicolás de Tolentino en San Agustín se satisfacían 100 que quedan reducidos a 80: 80 pesos Idem la de San Isidro Labrador 80: 80 pesos Por la fiesta de San Francisco Javier en San Hipólito se ha dado la limosna de 200 que quedó reducido asiento y verificada la aplicación de la casa profesa se ha de celebrar en su iglesia: 100 pesos En la de Santa Teresa de Jesus 50 pesos, que le continuarán la de San hipolito Martín 200 pesos que sean de satisfacer al modo que las siguientes partidas mientras que el mayordomo odesur lo pueda arreglarlas: 200 pesos

Last edit about 5 years ago by
27
Complete

27

Por la cera, vino, y hostias que allí se consumen en todo el año 200 pesos: 200 pesos Idem por la del monumento 80 pesos: 80 pesos De la enramada y gallardetes ,caballeros y [ilegible] para los [ilegible], timbaleros, clarineros, y pago de su trabajo 58 pesos: 58 pesos Del toldo que se pone en el balcón de palacio en las funciones de San Hipólito, viernes santo, y paseo de bulas 30 pesos: 30 pesos Al capellán de la cárcel por las misas que en ellas celebra 66 pesos cuatro reales: 66 pesos 4 reales De vino y hostias para el oratorio de Ciudad 1 peso 4 reales: 1 peso 4 reales Por las palmas del domingo de ramos 10 pesos: 10 pesos La cera de candelaria y demás que se gasta en las funciones de ciudad ha importado 206 pesos un real, al poco más o menos y el mayordomo tesorero en comisara este gasto todo lo posible: 200 pesos 1 real A un sacristán que reparte la cera a los tribunales en la función de Corpus, y demás 34 pesos: 34 pesos De la enramada que en el día primero de enero se pone en las casas capitulares 8 pesos: 8 pesos Por el toque de la queda se ha dado al [ilegible] de catedral la gratificación anual de 80 y solo ha de continuarse la de 50: 50 pesos

Bajo de este nuevo plan se han de continuar los gastos y pagos de las partidas contenidas en el encargándose su puntual amplimiento en cada una y la mejor economía de los que puedo reducir y ajustar de nuevo el mayordomo tesorero de propios

Last edit about 5 years ago by
28
Indexed

28

Para que la instrucción y reglamento insertos tengan el debido cumplimiento se pasará este despacho con el correspondiente oficio al excelentísimo señor Virrey a fin de que sirviéndose poner [ilegible] superior decreto de conformidad y execución y [ilegible] razón de todo en la contaduría general de propios y arbitrios de reino se comunique a la nobilísima ciudad y por esta a sus oficinas subalternas cuidar no de su puntual observancia. Dado en México a 18 de enero de [ilegible] Don José de Gálvez Por mandado de su señoría [ilegible] Tiburcio de Sedano [ilegible] S. ilustrísima manda, que en la cuenta, y distribución de los propios y rentas de esta nobilísima ciudad se guarde este reglamento, como en cada uno de sus capítulos se expresa.

México 22 enero de 1771. Guardese y cumplase en todas sus partes el anterior reglamento dispuesto con mi acuerdo y en fuerza de lo prevenido en la real instrucción de visita por el ilustrísimo señor Visitador general Don José de Gálvez y para que en consecuencia se ponga desde luego en práctica por la nobilísima cuidad, pasele con el oficio correspondiente y a fin que los individuos que la componen y demas a quién esto que no carezcan de la debida instrucción que del expresado reglamento deben tener la preferida ciudad nobilísima dispondrá se impriman los 200 ejemplares de el de que las distribuira los necesarios.

El Marqués de Croix

Last edit about 5 years ago by
29
Blank Page

29

This page is blank

Last edit about 5 years ago by
30
Blank Page

30

This page is blank

Last edit about 5 years ago by
Displaying pages 26 - 30 of 34 in total