Fondo Real de Cholula

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roto] y verdadero sin fraude y en cubierta alguna y pedimos se bendan y rrematen los dichos bienes en pública almoneda para que en el de su balor se cum pla paga y satisfaga lo que en el dicho difunto deja hordenado en su tes tamento que En ello reçiviremos merced con justicia que Pedimos y lo firma mos en al ciudad de cholula en Veynte y seys dias del mes de febrero año de mil y seysçientos y tres siendo testigos anselmo lopez y alonso martinez [Al centro] Miguel Martínez hazedo [Al margen derecho]ante my Joan Franco [rúbrica] escribano público

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atras 138 ps 2t yten ocho panos dos De punto rreal y uno de seda negra labra 51 ps do y çinco de rred. En çinquen ta y un pesos. En Juan Martin yten quatro colchones biejos en Luis de amador en Veynte 22 ps y dos pesos [línea de cancelación] Vn bestido biejo rraido en diez pesos en nufro manuel [línea de cancelación] 10 ps yten Dos freçadas Vna blanca y otra coloroda biejas en tres pesos y quatro reales en luis 03 ps 4r de amador [línea de cancelación] yten quatro çillas todas de madera en seys pesos en luis 02 ps de amador [línea de cancelación] yten dos cojines y vna alfon bra biejo en antonio de molina 12 ps en Dose pesos de oro comun [linea de cancelación] yten dos cajas blancas en antonio de molina en dos pesos 02 ps __________ 233 ps 6 rl __________ Con lo que El se acabo la dicha almoneda de los dichos bienes y lo firmo El dicho theniente con los dichos albaceas que suPieron siendo testigos nufro manuel anselmo lopez y niculas de leon vezinos de esta ciudad [línea de cancelación] Alvaro de Olarte [rúbrica] Miguel Martinez Sasedo ante my Joan Franco [rúbrica] escribano público Entraron En poder de los dichos albaceas todos los pesos Procedian de esta almoneda y lo firmo el dicho miguel martines [línea de cancelación]

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En la ciudad de cholula en este dicho dia mes y año dichos los dichos Ruiz Miguel y Alonso García para averiguacion de lo contenido en la peticion de atras ante dicho thenyente presento por testigo Ancelmo López vezino de esta ziudad del qual fue tomado e recibido juramento por dios nuestro señor y la señal de la cruz en forma de derecho su cargo del qual prometio de deçir verdad dixo que conozçe a los contenidos en la peticion de atras y tiene notiçia de las casas en el dicho pedimento contenidas que quedaron por fin y muerte de Diego Ruiz difunto y save este testigo que les sera mas hutil ep rovechosso a los menores que quedaron del dicho difunto el bender las dichas casas y con lo proçediente que de ellas dieren si podian sustentar mejor los dichos menores que no con las dichas casas porque no bendiendose no se podia saver lo que cave a cada uno y de no ben derlas por ser casas de adobes bendran cada dia a menos y esto es la verdad y lo que save su cargo del dicho juramento en el qual se afirmo y ratifico y de claro ser de hedad de çincuenta años poco mas o menos e que no le tocan las generales y lo firmo con el dicho jues Álvaro de Olarte [rúbrica] Anselmo López [rúbrica] Ante my Juan Franco [rúbrica] escribano publico En la ziudad cholula en este dicho dia mes y año dichos los dichos miguel] ruyz@Miguel Ruiz y Alonso García para averiguacion de lo contenido en el pedimento de atras ante el dicho thenyente presento por tesstigo

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El theniente Vbo Por nombra dos a los dichos antonio de ocon y anselmo lopez y mando Parescan y açe[p]ten El dicho cargo De tales terçeros contadores y ha gan el juramento que En tal casso se rre quiere ya si lo ProVeyo [líena de cancelación] Alvaro de olarte [rúbrica] ante my Joan Franco escribano publico [rúbrica] En la ciudad cholula en veinte dias del mes de junio año de myll y seis çientos y tres ante al varo de olarte theniente de corregidor en ella y de mi eescribano publico yso Paresçieron antonio de ocon y ançelmo lopez terçeros contadores non brados para lo contenido en la peticion de atras y en cumplimyento del auto de aRiba dixeron que açetavan y açetaron el ser tales terçeros contadores y en su cumplimyento juraron a dios y a la cruz en fforma de derecho de husar bien y ffielmente de dicho cargo de tales ter çeros contadores a todo su leal saver y enterder sin yncubierta alguna y si ansi lo hizieren dios les ayude y si no se lo mande a dar soluçion elesial dixeron si Juramos y amen y lo firmaron de su nombres testigo sancho garçia y sal vador madero vezinos de esta ciudad [línea de cancelación] Anselmo Lopes [rúbrica] Antonio de ocon [rúbrica] ante my Joan Franco escribano publico [rúbrica]

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su menor quatro cientos y dies i nue be pesos y quatro tomines y nuebe granos [línea de cancelación] 419 psos 4 tomines y de diego rruis su menor es a su car go quatro Cientos y dies y nuebe pesos y quatro tomines y nuebe gra nos que es la que les cabe a cada uno por si [línea de cancelación] 419 pesos 4tomines que conforme a esto aCesele cargo de leonor garCia su menor escalfando Ciento y Catorce pesos y quatro tomines que son los que se gastaron por el anima i man das que mando el difunto le pertene cen a la dicha Leonor GraCia o ochocientos y quince pesos y tres tomines y seis granos [línea de cancelación] 815 pesos tomines conforme paresce por las Clausulas de su testamento a que me rremito Anselmo Lopez [rúbrica] Antonio de ocon [rúbrica]

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