Pages That Mention Curutaneo
Libro de Hijuelas del Distrito de Morelia, Núm. 13
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Gobernador del Estado
Conrado Ayala originario y vecino de este pueblo ante U[ste]d con el respeto servido y como mejor proceda comparezco para exponer que teniendo urgentes necesidades suplico U[ste]d. atentamente, me concede el permiso para enajenar un pequeño terreno de labor como para 12 litros de siembra de maíz, si todo en el paraje denominado Curutaneo, Dicho predio lo reconozco mío como indígena que soy de este pueblo. Por estas razones, A U[ste]d Señor Gobernador suplico se sirva proveer los trámites legales, proveer de conformidad mi solicitud con lo que recibiré justicia y oficial de gracia y protestó lo necesario Capula, 27 de Febrero 1907 No sé firmar
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Ciudadano Prefecto del Distrito Presente. En vista de los informes ministrados por esa Prefectura en oficio número 386 fecha 11 del actual, el Ciudadano Gobernador ha tenido a bien conceder licencia, sin perjuicio de terceros al C. Conrado Ayala, vecino de Capula, para que enajene un terreno de labor que como parcionero de la misma excomunidad posee en el punto conocido con el nombre de “Curutaneo.” Le digo a usted en contestación y para su conocimiento INDEPENDENCIA Y LIBERTAD. Morelia, 15 de marzo de 1907 El oficial mayor J Manuel G Real C. Conrado Ayala Capula En vista de los informes respectivos que rindió la Prefectura del Distrito, el Ciudadano Gobernador á tenido a bien conceder á usted la licencia que solicita para enajenar un terreno de labor que como parcionero de esa excomunidad, posee quieta y pacíficamente en el punto conocido con el nombre de “Curutaneo”, cuya extensión y linderos son los siguientes: por el Oriente cuarenta metros y linda con el terreno de la sucesión de los S[eño]res. Cortés; por el Poniente igual número de metros y linda con terreno de Nicasio Téllez; por el sur doscientos treinta metros y linda con terreno de Gerónimo Cortés, y por el norte ciento sesenta metros, lindando con terreno de Úrsula Tapia. Está licencia deja á salvo derechos de tercero. Morelia, 15 de marzo de 1907 El Oficial Mayor J Manuel G. Real
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CºNº 1493 y 1494
El C. J. Refugio Montañez, vecino de Capula está en quieta y pacífica posesión de un terreno de labor que se encuentra situado en el punto denominado “Curutaneo” cuyo terreno tiene la extensión y linderos siguientes: por el Oriente, 103 metros linda con terreno del finado José Dolores Barocio, por el Poniente, igual número de metros linda con terreno de María Jesús Lázaro, por el Sur 202 metros y linda con terreno del finado Rafael Montañez y por el Norte, igual número de metros, lindando con terreno de José María Montañez. El terreno así deslindado, lo posee el Señor Montañez como parcionero del extinguida comunidad de indígenas del pueblo de Capula; tiene capacidad para 8 litros de sembradora de maíz y pequeñas orillas pastales, representan-
Gobernación Núm.º1314 Informa sobre la solicitud del Cº J. Refugio Montañez, vecino e indígena de Capula.
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C. 1067
Ciudadano Gobernador del Estado
José Refugio Martínez vecino de este pueblo ante U[ste]d respetuosamente y como mejor proceda, comparezco exponiendo que por el motivo de encontrarme sumamente en estado de pobreza suplico se sirva concederme licencia para vender tres fracciones de terreno de labor dos, y una pastal situados una en el potrero de “La Leonera”, otra en Curutaneo y la otra en el distrito de San Bernabé, cuyos predios he poseído como indígena y personero de los bienes de este pueblo. Por lo expuesto A U[ste]d Ciudadano Gobernador, suplico se sirva proveer de conformidad á ésta mi solicitud de lo que espero recibir justicia y especial gracia así como semita el presente con el timbre que aparece por mi notoria pobreza. Portesto llo necesario Capula, F[e]b[re]ro 17 de 1907 No sé firmar.