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Libro de Hijuelas del Distrito de Morelia, Núm. 13

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C Perfecto Presente

Visto el informe que rinde usted en oficio número 275 fecha 9 del actual, relativo al acuso que en 27 de Febrero último presentó la S[eño]ra. Leandra Sofía, vecina de Capula el C. Gobernador tuvo a bien conceder á esta el permiso que solicita para que enajene un terreno de labor y orillas pastales situado en el pueblo denominado El Charipite, que ha poseído en su calidad de indígena y parcionera del mismo pueblo. Lo digo á usted en contestacion a su citado oficio Morelia, Marzo 13 de 1907 El Oficial Mayo J.M.G Real

S[eño]ra Leandra Sofia = Capula En vista del acuso de usted fecha fecha 27 de febrero último y de los informes recabados acerca del mismo, el C. Gobernador tuvo a bien concederle licencia para que, sin perjuicio de tercero, enajene el terreno de lalor y orillas pastales que en su calidad de indígena y pasión era de ese pueblo, posee en el punto llamado El Chopivido, que tiene la exclusión y linde ros siguientes: por el Oriente 310 metros y linda con terreno de Francisco Reyes; por el Poniente 25 metros y linda con terreno de Margarito Guzmán; por el Sur 400 m y linda con terreno de María Jesús Aparicio, y por el norte 470 metros lindando con terreno de José Ayala lo que comunico a usted para su conocimiento y como resultado de su expresado ___ Morelia marzo 13 de 1904 J. Manuel G. Real G.M.

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C. Prefecto. Presente

Visto el informe qué rindió usted en oficio número 277 fecha 10 del actual, relativo a la acurso que en 21 de Febrero último presentó el C Casimiro López, vecino de Capula, el C. Gobernador tuvo a bien conceder a este el permiso que solicita para que enajene sus frac ciones de terreno de labor, que se encuentran situadas en la Mesa de San Bernabé, otra en La Leonera, y la última en la “Rosa de San Juan”, las cuales ha poseído en su calidad de indígena y parcionero del mismo pueblo. Lo digo a usted en contestación a su citado oficio. Morelia, Marzo 13 de 1907 J. Manuel G. Real O.M. _____ C. Catarino López - Capula En vista del acurso de usted, fecha 21 de Febrero último y de los informes recabados acerca del mismo el C. Gobernador tuvo a bien conceder licencia para que, sin perjuicio de tercero, enajene las tres fracciones de terreno de Labor que en su calidad indígena y parsionero, de los bienes de esa encomienda ha poseído quieta y pacíficamente, situadas una en la Mesa de San Berna, otra en La Leonera y la última en la Rosa de San Juan. La primera fracción mide por el Oriente cuarenta y dos metros y linda con propiedad del C. Jesús Huacuja; Por el Poniente 44 metros y linda con terreno de Ci-

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corresponderle al solicitante, una vez verificado el reparto de tierras entre los demás parcioneros del pueblo del que se trata. Lo que me honra de comunicar a U[ste]d. por vía del informe y como contestación al oficio número 988 de la Sección 3a de esta Secretaría fecha 26 de Febrero último, devolviendo el ocurso del peticionario Libertad y Constitución. Morelia, Marzo 11 de 1907 El Prefecto Rafael Valencia C. Secretario de Gobierno Presente.

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Ciudadano Prefecto del Distrito Presente. En vista de los informes ministrados por esa Prefectura en oficio número 386 fecha 11 del actual, el Ciudadano Gobernador ha tenido a bien conceder licencia, sin perjuicio de terceros al C. Conrado Ayala, vecino de Capula, para que enajene un terreno de labor que como parcionero de la misma excomunidad posee en el punto conocido con el nombre de Curutaneo.” Le digo a usted en contestación y para su conocimiento INDEPENDENCIA Y LIBERTAD. Morelia, 15 de marzo de 1907 El oficial mayor J Manuel G Real C. Conrado Ayala Capula En vista de los informes respectivos que rindió la Prefectura del Distrito, el Ciudadano Gobernador á tenido a bien conceder á usted la licencia que solicita para enajenar un terreno de labor que como parcionero de esa excomunidad, posee quieta y pacíficamente en el punto conocido con el nombre de “Curutaneo”, cuya extensión y linderos son los siguientes: por el Oriente cuarenta metros y linda con el terreno de la sucesión de los S[eño]res. Cortés; por el Poniente igual número de metros y linda con terreno de Nicasio Téllez; por el sur doscientos treinta metros y linda con terreno de Gerónimo Cortés, y por el norte ciento sesenta metros, lindando con terreno de Úrsula Tapia. Está licencia deja á salvo derechos de tercero. Morelia, 15 de marzo de 1907 El Oficial Mayor J Manuel G. Real

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guilar, haya enajenado con anterioridad otros bienes pertenecientes a los Indígenas. Lo que me honra de comunicar a U[ste]d por vía de informe, y como contestación al oficio número 965 de la Sección 3a de esa Secretaría fecha 23 de Febrero último; devolviendolo curso de peticionarios. Libertad y Constitución. Morelia, Marzo 13 de 1907 El Prefecto Rafael Valencia C. Secretario del Gobierno Presente

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