Fondo Real de Cholula

OverviewStatisticsSubjectsWorks List

Pages That Mention Luis amador

frc_vol009_01

page_0009
Needs Review

page_0009

En la ciudad De cholula En Veinte Y seys días del mes de febrero año de mill y seysçientos e tres albaro de olarte theniente de corregidor en ella estando en la Plaza publica desta çiudad de Pedimento de Miguel Martínez de Salcedo y alonso garcia albaceas De los bienes que quedaron Por fin y muerte de diego rruiz se hizo almone da De los dichos bienes En Presençia de los susso dichos y de mi El escribano público e testigos Por bos de domingo negro Pregonero a luego Pagar y luego rrematar y se hizo en la manera siguiente [línea de cancelación] Primeramente Una colgadura de cama de rred con sus lienços en Veynte y seis pesos en 26 ps Luis amador [línea de cancelación] Yten Vn jarro de Plata Vn sale ro de tres piesas. Vn cubilete y una cuchara de Plata que pesso seis marcos y çinco Onças En Luis ama 53 ps 6t dor a ocho pesos y un tomin el marco yten dos sabanas de rruan Vna de lienço casero y otra de rruan en onse pesos y medio en luis amador 11 ps 4t Yten quatro tablas de mante les las dos de china y dos de cas tilla en luis amador. En siete pesos 07 ps Yten dos sabanas de çinabafa biejas y rremendadas. En gomez sanchez de andrada en tres pesos 03 ps Yten cinco almohadas tres co Loradas dos azules con dos ase ricos. En treynta pesos en Gómez Sánchez de Andrada [línea de cancelación] 30 ps [línea de cancelación] 131 ps 2t

Last edit about 2 years ago by GOGL570322
page_0016
Indexed

page_0016

para averiguaçion de lo contenido en su petiçion ante dicho thenyente presentaron por testigo a luis amador vezino esta zivdad del qual ffue tomado e Recibido juramento Por dios nuestro señor y la señal de la cruz en fforma de derecho so cargo del qual prometio de deçir verdad e preguntado por la petiçion de atras // dixo que conozçe a los contenidos en el pedymento de atras y save a las casas contenidas en el dicho pedimyento que dejo diego ruyz diffunto que son en esta zivdad save este testigo que a los menores que dejo el dicho di ffunto sus hijos les sera hutil e provechoso el bender las dichas casas porque de no venderse no se podra haser partiçion entre ellos y con lo proçedido se podran sus rentas y tratar con ello y de no benderse las dichas casas bendran cada dia a menos y de manera que no aya provecho de ellas y se podran perder y los dichos menores todo el proçedido de ellos y esto es la verdad y lo que save su cargo del dicho juramento en el qual se a firma e ratiffico y declaro ser de hedad de treynta y seis años poco mas o menos e que no le tocan los generales y lo ffirmo con el dicho theniente [línea de cancelación] Alvaro de olarte [rúbrica] luis amador ante my Joan Franco escribano público [rúbrica]

Last edit about 2 years ago by GOGL570322
Displaying all 2 pages